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Tribunal suspende temporalmente convenio entre Cancillería e Imprenta Nacional para expedir pasaportes
La decisión exige entregar información sobre la operación y establece que el servicio de expedición de pasaportes debe continuar sin interrupciones.
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordenó la suspensión temporal de la ejecución del Convenio Interadministrativo Específico 001 de 2025 y del CI-005 de 2026, suscritos entre el Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores y la Imprenta Nacional de Colombia.
La medida también cobija los contratos y convenios que se hayan derivado de estos acuerdos, relacionados con el nuevo esquema para la producción y expedición de pasaportes en Colombia.
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La decisión judicial establece que la Cancillería, el Fondo Rotatorio, la Imprenta Nacional y la Imprensa Nacional-Casa da Moeda de Portugal deberán presentar, en un plazo de 20 días hábiles, un informe detallado sobre el estado de la operación.
Entre la información que deberán entregar se encuentra la ubicación de las libretas de pasaporte, las condiciones de seguridad de los lugares donde permanecen y donde son personalizadas, además de la identificación de los terceros que participan en las diferentes etapas de la cadena de producción.
La suspensión se mantendrá hasta que la información requerida sea acreditada ante el tribunal.
El servicio de pasaportes debe continuar
Aunque el tribunal ordenó suspender los convenios, la decisión deja claro que la medida cautelar no puede traducirse en una interrupción del servicio para los ciudadanos.
La Cancillería, el Fondo Rotatorio y las entidades involucradas deberán adoptar de inmediato las medidas necesarias para garantizar que la expedición de pasaportes continúe funcionando durante el periodo de suspensión.
El tribunal señaló que, en ningún caso, la ejecución de la medida cautelar puede implicar la interrupción, limitación o suspensión del acceso de los ciudadanos a este servicio público.
La decisión fue concedida en el efecto devolutivo, por lo que la medida empieza a regir mientras se resuelven los recursos que puedan presentarse.
La demanda que llevó el caso ante los tribunales
La decisión se originó en una demanda presentada por el abogado Nicolás Dupón, quien cuestionó la legalidad del esquema implementado para la producción de los pasaportes.
En declaraciones a 6AM W, Dupón explicó que el fallo está contenido en un documento técnico de 83 páginas y que el tribunal otorgó 20 días al Fondo Rotatorio de la Cancillería y a la Imprenta Nacional para entregar información que permita aclarar diferentes aspectos relacionados con el funcionamiento del convenio.
El abogado sostuvo que durante este periodo las entidades estatales tienen la obligación de garantizar la continuidad del servicio y avanzar hacia un esquema que cumpla con los requisitos legales.
Según Dupón, el modelo cuestionado también presenta riesgos financieros que deberían ser revisados por las autoridades.
¿Qué viene ahora para la expedición de pasaportes?
Con la medida cautelar, las entidades involucradas deberán demostrar ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca cómo está funcionando actualmente la operación y bajo qué condiciones se están produciendo y personalizando las libretas.
Uno de los puntos centrales será establecer la trazabilidad de los pasaportes, conocer quiénes participan en la cadena de producción y verificar las condiciones de seguridad asociadas al proceso.
Mientras se desarrolla esta revisión judicial, los ciudadanos podrán continuar accediendo al servicio de expedición de pasaportes, pues el tribunal ordenó expresamente que la medida no afecte su prestación.
La decisión abre así una nueva etapa de revisión sobre el modelo adoptado por la Cancillería y la Imprenta Nacional, mientras las entidades deberán responder a los requerimientos del tribunal y garantizar que el trámite de pasaportes continúe con normalidad.
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