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Corte Suprema de EE.UU. analiza eliminar la ciudadanía por nacimiento impulsada por Trump
Efectos del estudio en la población nativa y migrante.
La Corte Suprema de Estados Unidos se dispone a examinar este miércoles uno de los debates constitucionales más relevantes en materia de ciudadanía en las últimas décadas.
El alto tribunal escuchará los argumentos relacionados con la posibilidad de restringir o suprimir el reconocimiento automático de la ciudadanía a las personas nacidas en territorio estadounidense, en el marco de una iniciativa impulsada por el presidente Donald Trump desde el inicio de su mandato.
De acuerdo con la programación oficial difundida por la Casa Blanca, el jefe de Estado tiene previsto asistir a la audiencia en la que se evaluará la validez jurídica de una orden ejecutiva firmada el primer día de su gobierno.
Mediante dicha disposición, el Ejecutivo planteó limitar el alcance del derecho a la ciudadanía por nacimiento, una garantía consagrada en la Constitución de ese país desde el siglo XIX.
El eje central de la controversia se encuentra en la interpretación de la Enmienda 14, incorporada en 1868 tras la finalización de la Guerra Civil. Este precepto establece que todas las personas nacidas en territorio estadounidense adquieren la ciudadanía de manera automática.
Sin embargo, la administración Trump sostiene que el texto constitucional contiene una precisión que permitiría restringir ese alcance.
En particular, se refiere a la expresión “sujeto a su jurisdicción”, la cual, según la posición del Gobierno, excluiría a los hijos de personas extranjeras que se encuentren en situación migratoria irregular o con permisos de permanencia temporales.
Bajo este enfoque, los niños nacidos en esas circunstancias no obtendrían de forma automática la nacionalidad estadounidense, lo que implicaría una modificación sustancial frente a la práctica jurídica vigente durante más de un siglo.
Esta interpretación ha generado un amplio debate entre juristas, organizaciones civiles y autoridades estatales, quienes consideran que el alcance de la Enmienda 14 ha sido históricamente claro y uniforme.
El proceso judicial, identificado como Trump contra Barbara, agrupa varias acciones legales presentadas por familias que alegan la vulneración de derechos fundamentales.
Los demandantes sostienen que la medida afectaría directamente a menores nacidos en el país, al privarlos de un estatus jurídico que ha sido reconocido de manera continua por la jurisprudencia estadounidense.
Diversas organizaciones defensoras de derechos civiles, entre ellas la Unión Estadounidense por las Libertades Civiles (ACLU), interpusieron recursos judiciales contra la orden ejecutiva poco después de su expedición.
A estas acciones se sumaron fiscales generales de varios estados gobernados por el Partido Demócrata, quienes cuestionaron la constitucionalidad de la iniciativa.
En los documentos presentados ante los tribunales, la ACLU argumenta que la medida implicaría la pérdida de un derecho reconocido históricamente a los nacidos en territorio estadounidense.
Asimismo, advierte que la eventual aplicación de la orden podría generar condiciones de incertidumbre jurídica para miles de personas, al exponerlas a posibles procesos de deportación pese a haber nacido en el país.
Entre los casos incluidos en las demandas figuran familias de distintas nacionalidades. Se menciona, por ejemplo, a una mujer de origen hondureño que solicitó asilo, a una residente procedente de Taiwán con más de diez años de permanencia en Estados Unidos y a un ciudadano brasileño cuyo hijo nació en 2025.
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Según los demandantes, la entrada en vigor de la medida afectaría directamente la situación legal de estos menores.
Proyecciones elaboradas por el Instituto de Política Migratoria señalan que la iniciativa podría tener consecuencias significativas en el mediano y largo plazo.
De acuerdo con estas estimaciones, cerca de 255.000 niños por año dejarían de acceder automáticamente a la ciudadanía estadounidense.
Este escenario, según los análisis citados, podría incrementar de manera progresiva la población sin estatus migratorio definido en las próximas décadas.
Quienes se oponen a la medida sostienen que su implementación podría dar lugar a la formación de un grupo de personas nacidas en Estados Unidos sin reconocimiento pleno de derechos, lo que alteraría el modelo histórico de ciudadanía vigente en ese país desde finales del siglo XIX.
El debate también ha reactivado la discusión en torno al precedente judicial establecido en el caso Estados Unidos contra Wong Kim Ark de 1898.
En esa decisión, la Corte Suprema determinó que una persona nacida en territorio estadounidense tiene derecho a la ciudadanía, con independencia del origen de sus padres.
Este fallo ha sido considerado durante más de un siglo como la base jurídica que sustenta la interpretación predominante de la Enmienda 14.
La administración Trump ha planteado que dicho precedente debería ser revisado o reinterpretado. En su argumentación, introduce el concepto de “domicilio permanente” como un elemento relevante para definir quiénes se encuentran bajo la jurisdicción del país, aunque este criterio no aparece de forma expresa en el texto constitucional.
El eventual pronunciamiento de la Corte Suprema tendrá implicaciones directas sobre la política migratoria y sobre el alcance de las facultades del poder ejecutivo.
En caso de que el tribunal falle en contra de la posición del Gobierno, se configuraría un revés para una de las principales iniciativas del presidente en esta materia, que se suma a otras decisiones judiciales recientes que han limitado acciones de su administración, como la anulación de determinadas medidas arancelarias.
El mandatario ha manifestado en reiteradas ocasiones su desacuerdo con el sistema judicial y ha defendido su propuesta como un ajuste necesario en la regulación de la ciudadanía.
En sus declaraciones públicas, ha señalado que algunos países permiten la obtención de la nacionalidad bajo condiciones que, a su juicio, requieren revisión.
No obstante, especialistas en derecho constitucional han advertido que la modificación de una enmienda no puede realizarse mediante una orden ejecutiva.
Este aspecto refuerza la relevancia del caso, ya que el tribunal deberá definir no solo el alcance de la Enmienda 14, sino también los límites de la autoridad presidencial en relación con disposiciones constitucionales.
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