Publicidad


Publicidad

Niegan libertad a miembros de la Primera Línea acusados de violencia durante Paro Nacional de 2021

La Jueza 32 de Bogotá rechaza la solicitud de libertad de tres presuntos integrantes de la Primera Línea, argumentando la inaplicabilidad de la Ley 2272 de 2022.

Primera linea 21 julio
Por Agencia Periodismo Investigativo | Jue, 23/05/2024 - 12:09

En una decisión reciente, la Jueza 32 de Bogotá negó la solicitud de libertad presentada en favor de Luidiar Felipe Camacho Chaves, Steven Guevara Vega y Daniel Fernando Ruiz Vargas, quienes enfrentan cargos por actos vandálicos y ataques contra la Fuerza Pública durante el paro nacional del 2021. La solicitud había sido objetada por la Procuraduría General de la Nación, y la jueza respaldó esta objeción con varios argumentos clave.

La jueza basó su negativa en la inaplicabilidad de la Ley 2272 de 2022 para suspender medidas de aseguramiento preventivo decretadas por un juez, subrayando que la orden presidencial relacionada con esta ley se refería a la suspensión de órdenes de captura inexistentes. "La orden ejecutiva apuntaba a la suspensión de inexistentes órdenes de captura, no de la detención preventiva decretada por un juez", aclaró la jueza.

Steven Guevara Vega, uno de los acusados, había sido designado como "gestor de paz" por el Gobierno Petro, lo cual motivó la solicitud de libertad. Sin embargo, la jueza puntualizó que esta designación no acreditaba su pertenencia a grupos armados ilegales ni su actuación como representante de estos. 

Lea también (Narcotráfico: cae red que exportaba cocaína desde el Golfo de Urabá a Estados Unidos)

"La Procuraduría reafirma su compromiso con cualquier proceso de paz que adelante o pretenda adelantar el Gobierno Nacional", declaró un portavoz de la entidad.

Los tres acusados enfrentan serias acusaciones por su participación en actos de violencia durante las protestas del paro nacional de 2021. Los incidentes específicos mencionados incluyen el lanzamiento de piedras y bombas molotov contra agentes de la Fuerza Pública en la localidad de Puente Aranda. La jueza destacó la gravedad de estos hechos y la necesidad de mantener las medidas de aseguramiento para evitar la obstrucción del proceso judicial.

La Ley 2272 de 2022 establece un marco específico para ciertos beneficios judiciales y no puede aplicarse de manera generalizada sin un análisis detallado de cada caso. En este contexto, la jueza determinó que no existían las condiciones necesarias para conceder la libertad a los miembros de la Primera Línea mencionados. Además, se enfatizó la importancia de ajustar las reglas al ordenamiento jurídico y respetar el principio de separación de poderes públicos.

 

 

 

Otras noticias: 

 

 

 

 

Etiquetas