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JEP imputa crímenes de guerra y de lesa humanidad a nueve exintegrantes de las Farc
Los antiguos miembros del Comando Conjunto Central deberán responder por graves delitos que afectaron a la población civil en Tolima, Huila y Quindío.
La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) imputó crímenes de guerra y de lesa humanidad a nueve antiguos integrantes del Comando Conjunto Central (CCC) de las extintas Farc por hechos cometidos durante el conflicto armado en Tolima, Huila y Quindío. La decisión identifica a los presuntos máximos responsables de conductas que afectaron a la población civil, a miembros de la fuerza pública y a comunidades enteras de estos departamentos.
Los comparecientes llamados a reconocer responsabilidad son Pablo Catatumbo Torres Victoria, conocido como ‘Pablo Catatumbo’; Luis Eduardo Rayo, alias ‘Marlon’; Henoc Capera Trujillo, conocido como ‘Giovanni’ o ‘Giovanni Castro’; Jhon Jairo Oliveros Grisales, alias ‘Armando Pipas’; Gustavo Bocanegra Ortegón, conocido como ‘Donald’ o ‘Donald Ferreira’; Nelson Antonio Jiménez Gantiva, alias ‘Gonzalo’; Wilson Ramírez Guzmán, conocido como ‘Teófilo González’; Víctor Hugo Silva Soto, alias ‘Erick’ o ‘El Chivo’, y Raúl Agudelo Medina, conocido como ‘Olivo Saldaña’.
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De acuerdo con la imputación, los nueve comparecientes deberán responder por crímenes de guerra como homicidio en persona protegida, incluidos casos de integrantes de la fuerza pública que se encontraban fuera de combate; desplazamiento forzado; condenas o ejecuciones sin garantías judiciales; tortura; tratos crueles; atentados contra la dignidad personal; ataques dirigidos contra la población civil y contra bienes protegidos, como hospitales, escuelas e iglesias; destrucción de bienes del adversario sin justificación por necesidades militares, y órdenes de no dar cuartel, es decir, de no dejar adversarios con vida.
Asimismo, la JEP les atribuye otros crímenes de guerra, entre ellos saqueo, homicidio o lesiones a traición mediante engaños prohibidos y utilización de minas antipersonal que causan sufrimientos innecesarios. A estas conductas se suman los crímenes de lesa humanidad de asesinato, traslado forzoso de población, desaparición forzada, tortura y persecución.
Por la gravedad de estos delitos, ninguno puede ser objeto de amnistía, lo que significa que no pueden recibir perdón judicial bajo ese mecanismo. La decisión se enmarca en la investigación del Caso 10 de la JEP, que examina crímenes no amnistiables cometidos por la antigua guerrilla y que no fueron abordados en otros macrocasos de la Jurisdicción.
La investigación estableció que ocho de los nueve comparecientes fueron imputados como máximos responsables por el liderazgo regional que ejercieron, su capacidad de mando sobre las estructuras a su cargo y su poder para tomar decisiones y disciplinar a los integrantes de la tropa. El noveno fue seleccionado bajo esa misma categoría debido a su participación determinante en la comisión de los crímenes, pues, según la JEP, sin su actuación algunos de los hechos graves no habrían ocurrido.
Actualmente, los nueve comparecientes cumplen sus compromisos con el Acuerdo Final de Paz. De ellos, únicamente cuatro habían estado en prisión. Sin embargo, esta es la primera vez que responden por las macrovictimizaciones investigadas en el Caso 10, relacionadas con los hechos atribuidos al antiguo Comando Conjunto Central de las Farc-EP.
Para adoptar la decisión, la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas adelantó un proceso de investigación y contrastación judicial que incluyó cerca de 600 expedientes de la justicia ordinaria y el análisis de 54 informes presentados por víctimas y organizaciones de la sociedad civil.
Además, la Sala tuvo en cuenta las versiones individuales y colectivas de 22 comparecientes de las extintas Farc-EP ante la Justicia Transicional Restaurativa, así como los testimonios de cuatro sujetos colectivos y de 967 víctimas individuales acreditadas. También incorporó las observaciones de 60 de ellas, quienes relataron ante la Jurisdicción los hechos que padecieron durante el conflicto armado.
En esos testimonios, las víctimas hablaron de sus familiares asesinados o desaparecidos, de los proyectos de vida que quedaron truncados y de los daños y secuelas que aún persisten. Sus relatos también evidenciaron la capacidad de las comunidades para sobrevivir y reconstruir sus vidas después de los hechos violentos.
De esta manera, la decisión no solo busca identificar a los máximos responsables, sino también reconocer los daños sufridos por las víctimas y dar cuenta de las afectaciones que representan las experiencias de casi mil personas acreditadas ante la JEP por hechos atribuidos al antiguo Comando Conjunto Central.
Entre los episodios documentados durante la investigación se encuentra la toma simultánea de los municipios de Dolores, Villarrica y Prado, así como de La Arada, corregimiento de Alpujarra, en Tolima, y Baraya, en Huila, en noviembre de 1999.
También se investigó la toma del corregimiento de Puerto Saldaña, en Rioblanco, Tolima, que se prolongó durante más de un mes, entre el 1 de abril y el 8 de mayo de 2000. A estos hechos se sumó la ofensiva simultánea contra Santa María y Colombia, en Huila, la inspección de Vegalarga y los municipios de Roncesvalles y Alpujarra, en Tolima, entre el 11 y el 15 de julio de ese mismo año.
El expediente también recoge asesinatos y amenazas contra personeros, concejales, alcaldes y líderes comunitarios. Entre los episodios mencionados figura el atentado contra el exgobernador del Tolima Óscar Barreto, ocurrido en 2009.
De igual forma, la investigación documentó los impactos del uso de armas con efectos indiscriminados, como los cilindros bomba que destruyeron viviendas y otros bienes civiles. También examinó la instalación de minas antipersonal en zonas de tránsito de la población y la instrumentalización de civiles para ejecutar ataques o utilizarlos como escudos frente a la respuesta de la fuerza pública.
Según la JEP, estas conductas ocasionaron graves daños a la población y alteraron las formas de vida de las comunidades, con consecuencias que continúan hasta la actualidad. La decisión reconoce, además, las afectaciones sufridas por comunidades campesinas e indígenas, comerciantes, líderes políticos y comunitarios, integrantes de la fuerza pública y sus familias.
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