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Corte Suprema confirma histórica condena por espionaje tras filtración de datos de la Fuerza Aeroespacial
El alto tribunal ratificó la responsabilidad de un ingeniero que divulgó información reservada en internet, al considerar que puso en riesgo la seguridad nacional, incluso sin probar su uso por terceros.
La Corte Suprema de Justicia de Colombia confirmó una condena por el delito de espionaje en un caso considerado histórico, relacionado con la filtración de información sensible de la Fuerza Aeroespacial Colombiana en plataformas digitales de acceso abierto.
La decisión, adoptada por la Sala Penal el pasado 11 de marzo de 2026, ratificó la responsabilidad de Luis Alberto Luengas Calle, quien se desempeñó como ingeniero de soporte en un contrato de ciberseguridad entre 2018 y 2019. El fallo mantiene así la sentencia previamente emitida por el Tribunal Superior de Bogotá.
Según el expediente, el procesado tuvo acceso a información confidencial mientras participaba en la implementación de herramientas tecnológicas dentro de la institución militar, en el marco de un contrato suscrito con la Empresa de Telecomunicaciones de Bogotá (ETB) y ejecutado por una firma subcontratista.
Entre los datos comprometidos se encontraban nombres de equipos, usuarios, direcciones IP de computadores asignados a altos mandos, así como detalles sobre radares y el Centro de Mando y Control. Esta información fue compilada en un archivo que posteriormente fue publicado en plataformas abiertas como Scribd y Edoc.
El documento, que contenía más de 5.000 registros, fue visualizado y descargado por múltiples usuarios, permitiendo el acceso a información catalogada como secreto militar. Para la Corte, la divulgación no fue accidental, sino el resultado de una acción deliberada que implicó varios pasos técnicos y que se realizó desde el equipo asignado al acusado.
Uno de los puntos clave del fallo fue la naturaleza de la información filtrada. El alto tribunal concluyó que los datos permitían reconstruir la arquitectura tecnológica de la Fuerza Aeroespacial, lo que abría la posibilidad de simular ataques cibernéticos. De hecho, durante el proceso se evidenció que, con esa información, se logró acceder a correos electrónicos internos en pruebas realizadas por la propia institución.
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La sentencia advierte que la exposición de estos datos obligó al Estado a implementar medidas urgentes para mitigar riesgos, como el cambio de direcciones IP, la actualización de sistemas de encriptación, la renovación de equipos y la capacitación del personal.
En su análisis jurídico, la Corte reiteró que el delito de espionaje se configura con la obtención, uso o divulgación de información reservada relacionada con la seguridad del Estado, sin que sea necesario demostrar que esta haya sido utilizada por terceros o entregada a un enemigo.
Asimismo, el tribunal consideró que el acusado era plenamente consciente del carácter reservado de los datos, debido a su rol dentro de una institución militar y a los acuerdos de confidencialidad que regían su labor.
El fallo sienta un precedente relevante en materia de protección de información sensible en entornos digitales y refuerza el alcance del delito de espionaje en Colombia, especialmente frente a amenazas en el ámbito cibernético.
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