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Consejo de Estado condena a Juntas de Acción Comunal a indemnizar a Ecopetrol por bloqueos
La protesta en la Estación Chichimene afectó las operaciones de Ecopetrol en Meta.
El Consejo de Estado declaró patrimonialmente responsables a la Corporación Comunitaria Juntas de Acción Comunal Área de Influencia Directa San Isidro de Chichimene (CJAID) y a su expresidenta, y las condenó solidariamente a reparar los perjuicios económicos ocasionados a Ecopetrol por los bloqueos realizados en la Estación Chichimene, ubicada en Acacías, Meta.
La decisión se tomó luego de que en el proceso se acreditara que, durante las protestas sociales lideradas por la CJAID entre el 31 de julio y el 15 de agosto de 2017, fueron bloqueados los accesos a la estación, se restringió el ingreso de trabajadores y contratistas y se dificultó el traslado de maquinaria e insumos necesarios para el desarrollo de las operaciones petroleras.
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Aunque durante el proceso se estableció que parte del crudo que no pudo producirse en ese momento podía ser extraído posteriormente, el Consejo de Estado concluyó que esta circunstancia no descartaba la existencia de un perjuicio económico para Ecopetrol.
La Sala explicó que el aplazamiento de la producción supone, al menos en principio, una afectación en la oportunidad de generar ingresos. Esto se debe a que la explotación tardía del recurso puede generar diferencias económicas relacionadas con el valor del dinero en el tiempo, las condiciones del mercado o las oportunidades de comercialización.
La Sala también determinó que las actuaciones desarrolladas durante las protestas excedieron los límites constitucionales del derecho a la protesta, debido a que incluyeron el bloqueo de instalaciones industriales, la restricción del ingreso de trabajadores, contratistas e insumos y la afectación de la actividad productiva de Ecopetrol.
“Es claro que el derecho a la protesta fue utilizado en este caso como un mecanismo de presión que excedió su función constitucional y democrática en tanto generó una afectación directa al derecho de propiedad y al normal desarrollo de la actividad económica de la empresa demandante”, precisó la Sala.
En consecuencia, el Consejo de Estado reconoció el derecho de Ecopetrol a recibir una indemnización por concepto de lucro cesante.
Sin embargo, el monto exacto de la reparación económica aún no ha sido establecido. El valor de los perjuicios deberá determinarse posteriormente mediante un proceso de liquidación.
De esta manera, la decisión establece la responsabilidad patrimonial de la CJAID y de su expresidenta por las afectaciones ocasionadas a las operaciones de Ecopetrol durante los bloqueos registrados en la Estación Chichimene en 2017.
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