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Caso helicópteros rusos M-17 en Colombia: judicializan a tres tras fallas en contrato por US$32 millones
Se trata de Herbert Arnulfo Buitrago Galán y los particulares Carlos Martín Uribe Forero y el estadounidense James Lester Montgomerie.
La Fiscalía General de la Nación judicializó a un exfuncionario del Ministerio de Defensa Nacional y dos particulares por su presunta participación en un entramado que habría direccionado de manera ilegal un contrato de mantenimiento de helicópteros MI-17 del Ejército Nacional, cuyo valor ascendió a 32 millones de dólares.
El caso, que se encuentra en etapa de imputación de cargos, pone nuevamente bajo escrutinio uno de los procesos contractuales más relevantes para la operatividad de la aviación militar colombiana.
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De acuerdo con el boletín oficial de la Fiscalía, el exdirector de Logística de la Dirección de Contratación Estatal del Ministerio de Defensa Nacional, Herbert Arnulfo Buitrago Galán, fue presentado ante un juez de control de garantías junto con los particulares Carlos Martín Uribe Forero y el ciudadano estadounidense James Lester Montgomerie, quienes son señalados de intervenir en diferentes actuaciones que habrían permitido favorecer de manera indebida a una empresa durante el proceso contractual.
Según el ente investigador, el contrato fue suscrito el 31 de diciembre de 2024 por un monto de 32 millones de dólares con el propósito de realizar el mantenimiento de los helicópteros rusos MI-17 del Ejército Nacional.
Sin embargo, la investigación sostiene que la compañía beneficiada no acreditaba la capacidad técnica, jurídica ni financiera requerida para ejecutar un proyecto de esa magnitud, circunstancia que habría sido conocida por algunos de los involucrados antes de la adjudicación.
Las investigaciones adelantadas por un fiscal de la Dirección Especializada contra la Corrupción indican que entre septiembre y diciembre de 2024 el proceso contractual habría sido estructurado para favorecer a la empresa representada por James Lester Montgomerie mediante una modalidad de contratación que, según la Fiscalía, no era procedente.
Para lograr ese objetivo, presuntamente fueron ajustadas las condiciones del contrato y se realizaron actuaciones administrativas orientadas a facilitar su adjudicación.
El expediente señala que Herbert Arnulfo Buitrago Galán habría impartido instrucciones dirigidas a beneficiar al contratista, coordinando el intercambio de información con los particulares vinculados al proceso.
La Fiscalía sostiene además que actuó como traductor en varias comunicaciones con Montgomerie y entregó una cotización por 36 millones de dólares para que fuera considerada durante la estructuración del contrato.
Otro de los aspectos destacados por el ente acusador es que el entonces funcionario habría conocido informes técnicos que advertían que la empresa seleccionada no reunía las condiciones mínimas para asumir la ejecución del contrato, al carecer de la experiencia, la capacidad financiera y los requisitos técnicos exigidos para desarrollar el mantenimiento especializado de las aeronaves militares.
Respecto a los particulares, la Fiscalía sostiene que Carlos Martín Uribe Forero y James Lester Montgomerie participaron en reuniones relacionadas con la estructuración del proceso contractual.
Posteriormente, Uribe Forero habría intervenido en la modificación del esquema de pagos para permitir un anticipo equivalente al 50 % del valor del contrato.
Las investigaciones indican que el 15 de abril de 2025 fueron girados 16.231.700 dólares como anticipo contractual, pese a que, según la Fiscalía, el contratista únicamente había ejecutado actividades valoradas en aproximadamente 2,6 millones de dólares.
Ese desembolso constituye uno de los principales elementos analizados dentro del proceso penal, al considerar que podría evidenciar un presunto detrimento patrimonial y una actuación contraria a las normas de contratación pública.
La situación se agravó meses después. En noviembre de 2025 el Ministerio de Defensa declaró el incumplimiento del contrato debido a la falta de mantenimiento de las aeronaves comprometidas. Esa decisión administrativa fortaleció las investigaciones que posteriormente derivaron en la apertura del proceso penal.
Como resultado de las evidencias recopiladas, la Fiscalía imputó a Herbert Arnulfo Buitrago Galán el delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales.
Entretanto, a Carlos Martín Uribe Forero y James Lester Montgomerie les fueron imputados, de acuerdo con su presunta participación, los delitos de contrato sin cumplimiento de requisitos legales, falsedad ideológica en documento público, fraude procesal, tráfico de influencias de servidor público, prevaricato por acción y peculado por apropiación.
El ente investigador informó que ninguno de los procesados aceptó los cargos formulados durante las audiencias preliminares, por lo que el proceso continuará en las siguientes etapas previstas por el Código de Procedimiento Penal.
Este caso adquiere especial relevancia por tratarse del mantenimiento de los helicópteros MI-17, aeronaves que durante años han sido fundamentales para operaciones militares, transporte de tropas, evacuaciones médicas y misiones humanitarias en regiones de difícil acceso del país. La disponibilidad de estas aeronaves ha sido considerada un componente estratégico para la capacidad operativa del Ejército Nacional.
La contratación estatal en materia de defensa está sometida a regímenes especiales por razones de seguridad nacional; sin embargo, dichos procesos deben cumplir los principios constitucionales de transparencia, selección objetiva, responsabilidad, economía y planeación establecidos en la legislación colombiana. Precisamente sobre el cumplimiento de esos principios gira la investigación adelantada por la Dirección Especializada contra la Corrupción.
La Fiscalía recordó igualmente que la información divulgada corresponde a la narración objetiva de los hechos investigados y que la situación jurídica de los procesados será definida por las autoridades judiciales competentes, manteniéndose vigente la presunción de inocencia hasta que exista una sentencia condenatoria en firme.
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