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Apelarán fallo que absolvió a músico por aborto no consentido

Se trata del caso de Felipe Muñoz, baterista de Tres de Corazón. Fue acusado de haberle ocasionado un aborto a una mujer. Aunque fue declarado inocente, la defensa de la mujer apelará la decisión.

Apelarán fallo que absolvió a músico por aborto no consentido
Por LeidyHernandez | Vie, 21/01/2022 - 09:35 Créditos: Redes Sociales

Un nuevo capítulo inició en el caso de Felipe Muñoz, baterista de la banda de rock Tr3s de Corazón y líder de la barra brava ‘Los del Sur’ de Atlético Nacional. Se trata de un caso donde presuntamente el músico habría causado el aborto a una mujer.

Aunque para la juez del caso fue imposible determinar si el aborto de la mujer fue ocasionado por una sustancia que le dio Muñoz, el hombre fue absuelto y declarado inocente. Sin  embargo, la defensa de la implicada apelará la decisión. Paola Duque, defensa de la mujer anunció:

Vamos a apelar confiando en que se tengan mejores elementos de juicio y que le asista una real incorporación de un enfoque de género y menos sesgada frente a lo que se logró probar en juicio

Y agregó "En caso de ser necesario, llegaremos hasta la instancia de la casación (...) absolverlo es una barrera de acceso para las mujeres, es una configuración de una violencia institucional y una mirada que sigue configurando una lógica absolutamente patriarcal por parte del sistema".

Entre tanto, el próximo 22 de marzo será presentado el recurso de apelación, mismo día en el que se leerá el fallo absolutorio. En medio del polémico caso, el abogado Mauricio Urquijo dio a conocer su opinión sobre la hipótesis del sujeto.

 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 

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El litigante expresó que “Tanto si se probó que el resultado se produjo por un curso causal previo o posterior a la intervención dolosa del sujeto, como si no se probó ninguna causa o hubo duda frente a la misma, la decisión debió ser condenatoria por "tentativa de aborto sin consentimiento".

Así mismo recordó que el aborto sin consentimiento consiste "en causar muerte (resultado) del feto sin que concurra la voluntad de la madre y la tentativa consistiría en comenzar la ejecución de la conducta, sin que esa ejecución produzca el resultado intentado, por ejemplo, usando sustancia abortiva".

De allí que el problema del caso radica en que podría decirse que el “actuar del sujeto fue jurídicamente irrelevante (enfatizó en "jurídicamente" porque esta es una atrocidad indiscutible en el plano moral) porque no fue lo que produjo el resultado y en la tentativa tampoco hay resultado”.

Para finalizar Urquijo argumentó:

Por último, si el delito incriminado no fue el tentado sino el consumado, tampoco existe impedimento para que se condene finalmente por el tentado pues en Colombia se admite condena por delito menos grave que el de la acusación siempre que sea similar y no afecte tema de prueba

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