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Fiscalía retira delito de secuestro contra cantante Blessd y reformula los cargos

El caso del reguetonero da un giro en el ente acusador. El artista seguirá en libertad.

Nueva Blessd
Por Agencia Periodismo Investigativo | Mar, 15/09/2026 - 08:23 Créditos: Red social X @BlessdOficial / Cantante de reguetón, Blessd

La Fiscalía General de la Nación retiró la imputación por secuestro extorsivo contra el cantante Stiven Mesa Londoño, conocido artísticamente como Blessd, y reformuló los cargos dentro del proceso que se adelanta por hechos ocurridos en Medellín en junio de 2022.

Con la modificación, el artista y las otras tres personas vinculadas continuarán afrontando el proceso penal en libertad.
El cambio se produjo este lunes 14 de septiembre durante una audiencia de reformulación de imputación realizada en Medellín, en la que la Fiscalía dejó de atribuir el delito de secuestro extorsivo y presentó una nueva imputación por constreñimiento ilegal, intimidación o amenaza con arma y acceso abusivo a un sistema informático, de acuerdo con la participación que el ente investigador atribuye a cada uno de los procesados.

La investigación se originó por hechos ocurridos el 1 de junio de 2022 en Medellín. Según la denuncia presentada por Andrés Felipe Sánchez Quintero, imitador del cantante puertorriqueño Ozuna, fue contactado para acudir a un estudio de grabación bajo el supuesto de que allí se concretaría la firma de un contrato artístico.

De acuerdo con la versión entregada por Sánchez Quintero, una vez llegó al lugar le habrían exigido dejar de realizar imitaciones y presentaciones relacionadas con la imagen de Blessd.

El denunciante sostuvo que se negó a firmar el documento que le presentaron y que, posteriormente, fue amenazado y agredido con un arma de fuego.

Sánchez Quintero aseguró que los hechos se prolongaron durante aproximadamente tres horas. Aunque Blessd no se encontraba físicamente en el estudio de grabación, los señalamientos incluidos en el proceso indican que el cantante habría participado mediante comunicaciones telefónicas en las que supuestamente se produjeron intimidaciones.

Tras varios años de investigaciones preliminares, la Fiscalía imputó en junio de 2026 a Stiven Mesa Londoño; a su mánager, Santiago Jaramillo, conocido como “Dímelo Jara”; a Laura Moreno y a Julián Giraldo por secuestro extorsivo agravado y atenuado.

Durante esa primera diligencia judicial, el juez de control de garantías no impuso una medida de aseguramiento que implicara la privación de la libertad de los cuatro investigados. Por esa razón, los procesados permanecieron libres mientras continuaba el trámite judicial.

El proceso tuvo un cambio durante la audiencia celebrada el 14 de septiembre. La reformulación se produjo después de la revisión de los elementos presentados dentro de la investigación y de los cuestionamientos relacionados con la posibilidad de acreditar que Sánchez Quintero hubiera sido efectivamente privado de su libertad.

Ante esa situación, la fiscal encargada del caso informó que modificaría la hipótesis planteada inicialmente y señaló que la reformulación correspondía a un “ajuste de legalidad”. A partir de ese cambio, la Fiscalía dejó de sostener la imputación por secuestro extorsivo y atribuyó conductas diferentes.

La nueva imputación comprende los delitos de constreñimiento ilegal, intimidación o amenaza con arma y acceso abusivo a un sistema informático, dependiendo de la participación atribuida por la Fiscalía a cada una de las cuatro personas investigadas.

Durante la diligencia, el juez consultó directamente a Blessd sobre su decisión frente a los nuevos cargos y le preguntó si necesitaba conversar previamente con su abogado. El cantante manifestó que no requería hacerlo y rechazó la imputación.

“Su señoría, no requiero hablar con mi abogado y no acepto los cargos”, respondió Mesa Londoño durante la audiencia.

La fiscal le indicó que la determinación debía adoptarse de manera consciente y voluntaria. Ante la precisión, el artista respondió: “Sí, señora, cien por ciento”.

Los otros tres procesados tampoco aceptaron los cargos presentados por la Fiscalía, por lo que ninguno se acogió a una aceptación de responsabilidad durante la reformulación de la imputación.

El retiro del delito de secuestro extorsivo también modifica las penas a las que podrían enfrentarse los investigados en caso de una eventual condena por las nuevas conductas.

La imputación inicial por secuestro extorsivo contemplaba una pena mínima de 320 meses de prisión, equivalente a más de 26 años.

En contraste, el constreñimiento ilegal establece una pena que comienza en 18 meses de prisión, mientras que la intimidación o amenaza con arma contempla una sanción que puede llegar hasta los 72 meses, según corresponda dentro del proceso.

La modificación de los cargos no significa la terminación de la investigación contra Blessd ni contra las demás personas vinculadas. El proceso continuará con la nueva calificación jurídica planteada por la Fiscalía, que deberá sustentar las conductas atribuidas a cada uno de los procesados durante las siguientes etapas judiciales.

Como no existe una medida de aseguramiento que ordene la privación de la libertad, Stiven Mesa Londoño, Santiago Jaramillo, Laura Moreno y Julián Giraldo seguirán afrontando el proceso en libertad y ejerciendo su derecho a la defensa mientras avanza el trámite penal.

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