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MinSalud rechazó recusación contra Daniel Quintero y mantiene auditoría a la Fábrica de Licores de Antioquia, FLA

En sectores políticos se interpreta la decisión como retaliación del recién nombrado y ahora saliente funcionario.

Fábrica de Licores de Antioquia
Por Agencia Periodismo Investigativo | Sáb, 27/06/2026 - 12:08 Créditos: Fábrica de Licores de Antioquia. FLA.

La decisión del Ministerio de Salud y Protección Social de rechazar la recusación presentada contra el superintendente nacional de Salud, Daniel Quintero Calle, mantiene en firme el proceso de auditoría que adelanta la Superintendencia Nacional de Salud sobre la Fábrica de Licores y Alcoholes de Antioquia (FLA), actuación que continuará conforme al cronograma establecido por la autoridad de inspección, vigilancia y control.

La determinación quedó consignada en la Resolución 001222 del 25 de junio de 2026, mediante la cual la cartera de Salud resolvió negar la solicitud presentada por el gerente de la FLA, Esteban Ramos Maya, quien buscaba apartar del trámite al superintendente Daniel Quintero Calle y al superintendente delegado Juan David Duque al considerar que existían circunstancias que, a su juicio, comprometían la imparcialidad del proceso administrativo.

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Con esta decisión, el Ministerio concluyó que los argumentos expuestos por el gerente de la licorera departamental no cumplen con los presupuestos legales establecidos en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, razón por la cual la recusación fue declarada improcedente y la Superintendencia Nacional de Salud conserva la competencia para continuar las actuaciones relacionadas con la auditoría ordenada el pasado 22 de junio.

La controversia se originó luego de que la Superintendencia Nacional de Salud dispusiera el inicio de una auditoría sobre la Fábrica de Licores y Alcoholes de Antioquia, entidad cuyas rentas constituyen una fuente de financiación para el Sistema General de Seguridad Social en Salud a través de los recursos provenientes del monopolio de licores, además de los impuestos al tabaco y a los juegos de suerte y azar.

En su escrito de recusación, Esteban Ramos Maya sostuvo que existían antecedentes de confrontaciones políticas entre Daniel Quintero Calle, su familia y él mismo, circunstancia que, según manifestó, generaba dudas sobre la objetividad del proceso administrativo.

El gerente también argumentó que determinadas publicaciones realizadas en plataformas digitales evidenciaban una presunta enemistad y un posible conflicto de intereses.

En el documento radicado ante el Ministerio de Salud señaló: “He decidido presentar una recusación en contra del Superintendente de Salud Daniel Quintero y su delegado Juan David Duque, fundamentada en causales previstas por ley relacionadas con posibles situaciones de amistad grave y amistad entrañable entre algunos de los funcionarios que intervienen en este proceso.

Entre los hechos que sustentan la recusación se encuentran antecedentes públicos de confrontaciones políticas entre el actual Superintendente Nacional de Salud, Daniel Quintero Calle, mi familia y yo”.

Tras analizar los argumentos y el material aportado por el solicitante, el Ministerio de Salud concluyó que los hechos invocados no configuran las causales previstas en los numerales 5 y 8 del artículo 11 de la Ley 1437 de 2011, norma que regula los impedimentos y recusaciones dentro de las actuaciones administrativas.

La cartera también precisó que el acto mediante el cual se ordenó la auditoría no fue suscrito directamente por el superintendente nacional de Salud, sino por un superintendente delegado que cuenta con las facultades legales para adoptar este tipo de decisiones dentro del marco de sus competencias.

Frente a los señalamientos relacionados con publicaciones realizadas en redes sociales, el Ministerio indicó que estas hacen parte del ejercicio de la libertad de expresión y del debate público, por lo que, por sí solas, no constituyen prueba suficiente para acreditar una enemistad personal capaz de afectar la imparcialidad de un funcionario en el desarrollo de un procedimiento administrativo.

En consecuencia, la autoridad sanitaria resolvió mantener vigente la actuación administrativa y permitir que la Superintendencia Nacional de Salud continúe con las labores de inspección y revisión sobre la Fábrica de Licores y Alcoholes de Antioquia, sin que exista modificación en el equipo encargado del proceso.

Por su parte, la Superintendencia Nacional de Salud reiteró que la auditoría responde a las funciones que le asigna la ley para ejercer vigilancia sobre los recursos provenientes de las rentas de licores, cigarrillos y juegos de suerte y azar, dineros que tienen destinación específica para financiar el Sistema General de Seguridad Social en Salud.

La entidad sostuvo que estas actuaciones buscan verificar el adecuado manejo de recursos públicos que respaldan la prestación de los servicios de salud en el país y garantizar que las rentas cedidas cumplan con el propósito para el cual fueron establecidas por la legislación colombiana.

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