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Banco de la República advierte que traslado de pensiones a Colpensiones sería ilegal
El emisor cuestiona decreto que ordena traslado de ahorros pensionales.
El documento, fechado este 11 de marzo y firmado por el secretario de la Junta Directiva del Emisor, Alberto Boada Ortiz, analiza el alcance del proyecto normativo que pretende reglamentar el artículo 76 de la Ley 2381 de 2024. Esta disposición abrió una ventana para que ciertos afiliados se trasladen de régimen pensional, pero estableció condiciones específicas sobre el manejo de los recursos.
En su comunicación, el Banco sostiene que el proyecto de decreto introduce un cambio sustancial frente a lo dispuesto por la ley, al ordenar que los fondos privados (AFP) transfieran de manera anticipada la totalidad de los recursos de las cuentas individuales a Colpensiones.
Según el análisis del Emisor, esa medida contradice de forma directa el parágrafo del artículo 76, que establece que dichos recursos deben permanecer bajo administración de las AFP hasta que se consolide el derecho a la pensión.
El Banco recuerda que la Corte Constitucional, mediante el Auto A-841 del 17 de junio de 2025, suspendió la entrada en vigencia de buena parte de la Ley 2381, salvo algunos artículos específicos, entre ellos el 76.
Sin embargo, subraya que incluso dentro de ese marco, la interpretación del Gobierno no puede desconocer los límites expresos fijados por el legislador.
De acuerdo con el documento, la ley es clara al señalar que los ahorros individuales “seguirán siendo administrados por las Administradoras de Fondos de Pensiones hasta el momento en que se consolide la pensión integral de vejez o la pensión de vejez del régimen anterior”. En ese sentido, cualquier traslado previo de los recursos carecería de sustento legal.
El Banco también advierte que la materia ya había sido reglamentada parcialmente mediante el Decreto 1225 de 2024, el cual mantiene la administración de los recursos en cabeza de las AFP hasta que se cumplan las condiciones para el reconocimiento pensional.
Por ello, considera que el nuevo proyecto no solo resulta redundante, sino que introduce disposiciones incompatibles con el marco normativo existente. Además del cuestionamiento jurídico, el Emisor alerta sobre posibles efectos en los mercados financieros.
Señala que un traslado masivo de recursos en plazos cortos —el proyecto plantea periodos de hasta 15 días hábiles— podría generar impactos significativos en la estructura de inversión de los fondos, especialmente en instrumentos de deuda pública como los TES, donde se concentra una porción relevante del ahorro pensional.
“El traslado anticipado de los recursos a Colpensiones no se encuentra autorizado por la ley y excedería, por lo tanto, las facultades reglamentarias del Gobierno”, concluye el Banco en su comunicación, en la que solicita revisar la propuesta antes de su eventual expedición.
El pronunciamiento se produce en medio del debate sobre la implementación de la reforma pensional y la transición entre regímenes, un proceso que involucra a millones de afiliados y que ha generado tensiones entre el Gobierno, los fondos privados y distintos sectores técnicos.
Con este concepto, el Banco de la República se suma a las voces que piden claridad jurídica en la reglamentación del sistema pensional, advirtiendo que decisiones regulatorias que se aparten del marco legal podrían derivar en litigios y afectar la estabilidad del sistema financiero.
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