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Aerocivil aprueba integración de aerolíneas Avianca, Viva Air y Viva Air Perú

Pormenores de la resolución y los condicionamientos frente a la unión de las tres empresas aeronáuticas.

AVIONES DE AVIANCA Y VIVA
Por Agencia Periodismo Investigativo | Lun, 08/05/2023 - 08:27 Créditos: Montaje hecho por API

El ente regulador de la aviación en Colombia, la Aeronáutica Civil, ha emitido una importante actualización en relación con la solicitud de integración empresarial presentada por las aerolíneas Avianca S.A, Viva Air y Viva Air Perú.

La Secretaría de autoridad aeronáutica expidió la Resolución 00873 del 5 de mayo de 2023, en la que se resuelve en segunda instancia los recursos de apelación presentados por varias aerolíneas, incluyendo a Avianca, Viva Air, Wingo, Ultra Air, Latam, JetSmart y la Procuraduría General de la Nación.

En esta resolución, se ha confirmado la aprobación de la operación de integración, pero también se han modificado algunos de los condicionamientos determinados para ella. 

Los condicionamientos establecidos en la resolución incluyen una serie de responsabilidades que deberá asumir el ente integrado.

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Entre las responsabilidades destacadas, se encuentra el respeto y atención a los derechos de los usuarios de Viva Air, incluyendo la obligación de reembolsar los tiquetes de los vuelos cancelados o permitir que aquellos que tengan reservas y tiquetes pendientes puedan volar. 

Además, se exige la devolución de los slots de salidas y llegadas de tal manera que se utilice de forma más eficiente la infraestructura del Aeropuerto Internacional El Dorado, garantizando las condiciones de competencia y posibilitando la permanencia de Viva Air como una opción de bajo costo.

La resolución también establece la devolución de frecuencias en la ruta Bogotá - Buenos Aires si fuera requerido, sin afectar la oferta de sillas y abriendo la posibilidad a otros operadores cuando haya manifestaciones de interés. 

Es importante destacar que la entidad resolvió de manera expedita la obligación legal de analizar y dar respuesta a todos y cada uno de los argumentos de los recurrentes en un breve término de siete días hábiles después de recibir el expediente por parte de la Dirección de Transporte Aéreo y Asuntos Aerocomerciales.

Tras la ejecutoria de la Resolución 00873 del 5 de mayo de 2023, el ente integrado tendrá cinco días calendario para comunicar su decisión final de implementar o no la integración a Colombia, a los usuarios y a la autoridad aeronáutica.

 

 

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