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Ordenan a la Liga Antioqueña de Voleibol eliminar norma que excluía a deportistas trans
La Corte Constitucional falló a favor de una atleta trans que fue apartada de los torneos departamentales y señaló que no existe certeza científica sobre una ventaja competitiva generalizada frente a las mujeres cisgénero.

La Corte Constitucional de Colombia ordenó a la Liga Antioqueña de Voleibol modificar su reglamento tras determinar que la norma que excluía a las deportistas transgénero vulneraba derechos fundamentales. La decisión se tomó luego de que una atleta trans interpuso una acción de tutela al ser apartada de los torneos departamentales de 2024.
El alto tribunal concluyó que no existe certeza científica suficiente para sostener que todas las atletas trans tienen una ventaja competitiva frente a las mujeres cisgénero, pues esta depende de factores como la composición corporal, la edad, el entrenamiento, la nutrición y los efectos de terapias hormonales.
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La controversia surgió cuando la Liga Antioqueña de Voleibol modificó su reglamento para exigir, como condición de participación en la categoría femenina, “haber nacido mujer”, lo que impidió que la deportista pudiera competir.
En su fallo, la Corte ordenó a la Liga permitir la participación de la atleta en los torneos, eliminar el artículo que incorporaba la exclusión plena por razones de nacimiento y revisar sus reglamentos para garantizar que no existan normas discriminatorias. Además, instó a supervisar que otras ligas de voleibol en el país se ajusten a estos parámetros de inclusión.
Con esta decisión, el tribunal reafirma la obligación de las organizaciones deportivas de garantizar la igualdad y evitar la discriminación por identidad de género, sentando un precedente relevante en el ámbito deportivo colombiano.
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