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Consejo de Estado suspende decreto del Gobierno Petro que modificaba el modelo de salud
El Alto Tribunal detuvo los efectos del Decreto 0858, con el que el Ejecutivo buscaba transformar la organización de las EPS y hospitales sin aprobación del Congreso.
El Consejo de Estado, a través de su Sala de lo Contencioso Administrativo, decidió suspender de manera provisional los efectos del Decreto 0858 del 30 de julio de 2025, norma con la que el Gobierno Nacional introdujo cambios profundos en el Modelo de Salud Preventivo, Predictivo y Resolutivo.
El decreto había sido cuestionado por varios sectores al considerar que el Ejecutivo estaba reformando el sistema de salud por vía administrativa, sin la aprobación del Congreso, al modificar funciones de las EPS, transferir responsabilidades a las Secretarías de Salud, crear los Centros de Atención Primaria (CAPS) y cambiar el sistema de adscripción de usuarios.
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La decisión judicial se da tras una demanda interpuesta por el congresista Andrés Forero, del Centro Democrático, quien argumentó que el decreto violaba varios artículos de la Constitución. Según Forero, el Gobierno excedió sus competencias al regular integralmente la prestación del servicio de salud, materia que corresponde al Congreso de la República.
El congresista también sostuvo que el decreto alteraba el modelo territorial de atención al definir principios, mecanismos de acceso, distribución de competencias institucionales y condiciones de calidad del servicio, lo cual debería tramitarse mediante ley estatutaria. Además, denunció que la norma afectaba la libertad de empresa y la habilitación de los actores del sistema, al imponer restricciones en la contratación y reasignar competencias a las entidades territoriales.
Por su parte, el Ministerio de Salud, encabezado por Guillermo Alfonso Jaramillo, defendió la legalidad del decreto, señalando que este desarrollaba el derecho a la salud consagrado en la Ley 1751 de 2015, sin modificar su esencia. Según el Minsalud, la norma solo buscaba fortalecer la Atención Primaria en Salud (APS) y la organización funcional de los prestadores, incluyendo los CAPS, sin alterar competencias legislativas ni financieras.
No obstante, el Consejo de Estado concluyó que el decreto regulaba de manera integral elementos estructurales del sistema, al crear las Redes Integrales e Integradas de Salud (RIITS), conformadas por las entidades territoriales departamentales y distritales, cuando antes estas redes eran coordinadas por las EPS bajo mandato del legislador.
Con esta decisión, el alto tribunal detiene temporalmente la aplicación del decreto y restringe al Gobierno para seguir implementando su modelo de salud mientras se resuelve de fondo la demanda.
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