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Corte Constitucional ratifica que solo el Congreso puede investigar al presidente Petro por financiación de campaña
CNE queda sin competencia para investigar al jefe de Estado, pero mantiene su potestad sobre el resto de los integrantes de la campaña "Petro Presidente 2022".
Con una votación de seis a dos, la Corte Constitucional negó en Sala Plena la solicitud de nulidad presentada por la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, que buscaba tumbar una sentencia clave sobre quién tiene la autoridad para investigar al presidente de la República en materia de financiación de campañas electorales.
La decisión reafirma que la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes es la única instancia con potestad para adelantar investigaciones de este tipo contra el jefe de Estado, dejando por fuera al Consejo Nacional Electoral (CNE) de cualquier competencia en ese ámbito específico.
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Al interior del Alto Tribunal, la mayoría fue clara: seis magistrados votaron a favor de mantener la sentencia intacta, mientras que los magistrados Jorge Enrique Ibáñez y Carlos Camargo salvaron su voto y manifestaron su desacuerdo con la postura mayoritaria. El magistrado Héctor Carvajal no participó en la deliberación por encontrarse impedido.
La sentencia que se buscaba anular había sido proferida en junio del año pasado y trazó una distinción importante en la distribución de competencias: si bien el CNE no puede investigar al presidente Petro, sí conserva la facultad de investigar a los demás integrantes de la campaña "Petro Presidente 2022". Con esta nueva decisión, ese precedente queda plenamente vigente.
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