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Consejo Electoral excluye a Colombia Humana y Progresistas de la fusión del Pacto Histórico
Pormenores de la determinación del organismo electoral.

El Consejo Nacional Electoral (CNE) concluyó el estudio de los recursos interpuestos por los representantes legales de Colombia Humana y del movimiento Progresistas, y resolvió mantener la decisión de excluir a estas dos colectividades del proceso de unificación del Pacto Histórico como partido único.
La determinación fue adoptada por la Sala Plena del organismo electoral mediante votación mayoritaria de siete magistrados a favor y dos en contra, con base en la ponencia presentada por el magistrado Altus Baquero.
La decisión se fundamentó en el análisis de los requisitos exigidos para integrar una figura jurídica única bajo la denominación del Pacto Histórico.
Según el fallo, ni Colombia Humana ni Progresistas cumplen con los criterios establecidos para participar en dicha fusión, que busca constituir un partido político de alcance nacional con representación de distintas fuerzas afines al actual Gobierno.
De acuerdo con el texto aprobado por el CNE, las únicas colectividades que actualmente cumplen las condiciones legales y estatutarias para avanzar en la consolidación del nuevo partido son la Unión Patriótica, el Polo Democrático Alternativo y el Partido Comunista Colombiano.
Estas agrupaciones han desarrollado procesos internos enmarcados en la legislación electoral vigente y han cumplido con los requisitos de reconocimiento, personería jurídica y articulación programática exigidos por el Consejo Electoral.
El documento también aclara que, si bien se ha autorizado el proceso de integración entre esas tres colectividades, la fusión todavía no entra en vigencia plena.
La efectividad jurídica de la nueva estructura partidista depende de que se culminen los trámites internos aún pendientes, los cuales incluyen la formalización de estatutos comunes, la integración de órganos de dirección unificados y la presentación de la solicitud de reconocimiento ante la autoridad electoral con base en el artículo 108 de la Constitución y el régimen de partidos.
La resolución del CNE adquiere relevancia adicional en el contexto del proceso de consulta interna que ha sido convocado por sectores del Pacto Histórico para el 26 de octubre.
Esta convocatoria busca avanzar en la escogencia de candidaturas y en la validación de una estructura unificada, pero se ha visto envuelta en diversas controversias jurídicas, precisamente por la ausencia de una figura partidista oficialmente reconocida por el Estado.
El Consejo Nacional Electoral advierte que mientras no se complete la constitución formal del partido único, cualquier proceso de consulta o elección interna carece de los efectos legales plenos que otorgan las normas a los partidos legalmente constituidos.
Esto implica que las decisiones adoptadas en dichas consultas podrían ser objeto de demandas o cuestionamientos en el futuro, especialmente si se plantean como vinculantes o representativas de la totalidad de los sectores que integran el actual Pacto Histórico.
Desde hace meses, sectores afines al Gobierno del presidente Gustavo Petro han impulsado la unificación de las distintas agrupaciones que respaldaron su candidatura presidencial en 2022, con el objetivo de consolidar un proyecto político común.
No obstante, la exclusión de Colombia Humana colectividad de origen del presidente y de Progresistas, ha generado tensiones internas y ha reactivado los debates sobre la composición y liderazgo del bloque oficialista.
El fallo del Consejo Nacional Electoral no impide que estas dos agrupaciones continúen actuando como movimientos con personería jurídica independiente, ni que participen en procesos electorales mediante coaliciones.
Sin embargo, su exclusión del partido unificado limita su capacidad para influir directamente en la definición de las reglas internas, en la conformación de listas únicas o en el uso de la denominación y los símbolos del Pacto Histórico como estructura formal.
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