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Tribunal de EE. UU. anula suspensión de visados de inmigrante para Colombia y otros 74 países

Una jueza federal determinó que la medida impulsada por el Gobierno de Donald Trump excedió las competencias legales del secretario de Estado.

 Tribunal de EE. UU. anula suspensión de visados
Por Agencia Periodismo Investigativo | Sáb, 22/08/2026 - 17:33 Créditos: Donald Trump, presidente de Estados Unidos - Imagen de X: @POTUS

Un tribunal federal de Estados Unidos anuló la suspensión de visados de inmigrante que el Gobierno del presidente Donald Trump había impuesto para ciudadanos de 75 países, entre ellos Colombia.

La decisión fue emitida por la jueza Jeannette Vargas, del Distrito Sur de Nueva York, quien determinó que el secretario de Estado, Marco Rubio, excedió sus competencias legales al implementar la medida.

La sentencia, de 61 páginas, cuestionó los fundamentos utilizados por la Administración estadounidense para justificar la suspensión de los visados. Según el Gobierno, los solicitantes procedentes de los países incluidos en la medida representaban un riesgo elevado de convertirse en una carga económica para Estados Unidos.

La jueza consideró que la política contravenía las normas que exigen analizar individualmente las circunstancias de cada solicitante.

Colombia estaba entre los países afectados

La suspensión comenzó a aplicarse en enero y afectó a ciudadanos de 75 países. En América Latina y el Caribe, la lista incluía a Colombia, Brasil, Cuba, Guatemala, Haití, Nicaragua y Uruguay.

También estaban incluidos países como Afganistán, Egipto, Irak, Irán, Marruecos, Nigeria, Rusia, Somalia, Tailandia y Yemen.

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La medida implicaba la suspensión de la emisión de determinados visados de inmigrante para ciudadanos de esas naciones, incluso en casos en los que los solicitantes cumplían con los requisitos establecidos para obtenerlos.

En su decisión, Vargas señaló que la política había llevado a funcionarios estadounidenses a negar visados incluso a personas que podían demostrar que serían económicamente autosuficientes en Estados Unidos.

Cinco colombianos hacen parte de los demandantes

El proceso judicial incluyó a cinco profesionales colombianos que habían recibido negativas a sus solicitudes de visado y cuyas decisiones citaban la nueva política migratoria.

También participaron seis ciudadanos estadounidenses que argumentaron que la suspensión había afectado a familiares procedentes de Ghana, Jamaica, Guatemala y Etiopía, según información citada por The New York Times.

El fallo revoca además las denegaciones de visado que se hayan basado exclusivamente en la medida cuestionada. Esta disposición podría llevar a la revisión de miles de solicitudes que fueron rechazadas bajo esa política.

La decisión, por tanto, tiene efectos que van más allá de las nuevas solicitudes y podría beneficiar a personas cuyos procesos fueron afectados directamente por la suspensión.

¿Qué argumentó el tribunal?

La jueza cuestionó que la Administración hubiera utilizado una política general para determinar que los ciudadanos de determinados países representaban un riesgo económico, en lugar de realizar evaluaciones individualizadas.

El fallo concluyó que la medida era ilegal y que las autoridades migratorias no podían aplicar de manera generalizada la suspensión a los nacionales de los países incluidos en la lista.

Organizaciones que participaron en el proceso judicial celebraron la decisión.

Joanna Cuevas Ingram, abogada principal del National Immigration Law Center, afirmó que el fallo representa una victoria para numerosas familias afectadas por la suspensión. Por su parte, Skye Perryman, presidenta y directora ejecutiva de Democracy Forward, señaló que la decisión rechazó la política adoptada por la Administración Trump-Vance.

Las declaraciones de estas organizaciones corresponden a su posición frente al fallo y no hacen parte de las conclusiones judiciales.

¿Qué sigue para los solicitantes?

La decisión establece que las denegaciones fundamentadas exclusivamente en la política anulada deberán ser revocadas, lo que abre la posibilidad de que los casos sean revisados.

Sin embargo, esto no significa que todos los solicitantes obtengan automáticamente un visado. Cada proceso deberá continuar sujeto a los requisitos y procedimientos establecidos por las autoridades migratorias estadounidenses.

Hasta el momento de la publicación de la decisión, el Departamento de Estado y la Casa Blanca no habían emitido un pronunciamiento oficial sobre el fallo.

La Administración de Donald Trump podría adoptar nuevas medidas jurídicas frente a la decisión, por lo que el alcance definitivo del fallo dependerá también de las actuaciones que se produzcan en las instancias correspondientes.

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