Publicidad
ONU declara la trata de esclavos como “el crimen de lesa humanidad más grave” de la historia
La resolución histórica obtuvo 123 votos y exige justicia reparadora. Así votó Colombia.
En una decisión sin precedentes, la Asamblea General de Naciones Unidas aprobó este miércoles una resolución que califica la trata transatlántica de esclavos y la esclavitud racializada de africanos como “el crimen de lesa humanidad más grave” de la historia. La iniciativa, impulsada por una coalición de 60 países africanos, caribeños y latinoamericanos, recibió 123 votos a favor, tres en contra (Argentina, Israel y Estados Unidos) y 52 abstenciones, entre ellas las de casi todos los países del bloque occidental, incluido Japón.
El texto aprobado reconoce que el sistema de esclavización, vigente durante más de cuatro siglos, constituye una violación del derecho internacional que no prescribe y cuyas consecuencias siguen afectando a millones de personas en distintas regiones del mundo. La resolución coincide además con el 25.º aniversario de la Declaración y Programa de Acción de Durban.
Le recomendamos leer (Irán rechaza propuesta de alto el fuego de Estados Unidos)
La Asamblea General sostiene que la trata de africanos esclavizados y la esclavitud racializada representan “la injusticia más inhumana y duradera contra la humanidad”, debido a su magnitud, duración, carácter sistémico, brutalidad y efectos persistentes que continúan moldeando la vida social bajo estructuras de trabajo, propiedad y capital basadas en jerarquías raciales.
El documento subraya que se trató del primer régimen global que codificó a seres humanos y a sus descendientes como propiedad hereditaria y perpetua, convirtiendo la reproducción humana en un mecanismo de acumulación económica.
La resolución también expone los marcos legales que legitimaron este sistema: desde las bulas papales de 1452 y 1455 que autorizaban someter a africanos a “esclavitud perpetua”, hasta el Código de Esclavos de Barbados de 1661 y el Código Negro francés de 1685, que definieron jurídicamente a las personas esclavizadas como “bienes muebles”. Asimismo, recuerda el principio legal partus sequitur ventrem, adoptado en Virginia en 1662, que estableció que la condición de esclavo se heredaba por línea materna.
Uno de los puntos centrales del documento reafirma que los delitos relacionados con la trata de africanos esclavizados y la esclavitud racializada “no están sujetos a prescripción”, en coherencia con un principio fundamental presente en diversas tradiciones jurídicas africanas: que “los delitos no prescriben”.
La Asamblea General enfatiza que los Estados son responsables de los hechos internacionalmente ilícitos y tienen la obligación de reparar integralmente los daños ocasionados.
En ese sentido, exhorta a los países miembros a entablar un “diálogo inclusivo y de buena fe sobre justicia reparadora”, que contemple una disculpa plena y formal, medidas de restitución, indemnización, rehabilitación y satisfacción, así como garantías de no repetición y reformas normativas y programáticas para combatir el racismo y la discriminación sistémica.
Otras noticias
Etiquetas