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Quién es Sandra Heredia, la polémica juez a la que el Tribunal de Bogotá le tumbó el fallo contra Álvaro Uribe
Los magistrados evidenciaron sustanciales fallas argumentativas jurídicas y probatorias en la sentencia de primera instancia.

Sandra Liliana Heredia Aranda es la jueza penal del circuito de Bogotá que el 28 de julio de 2025 profirió la primera condena penal contra un expresidente de Colombia, al hallar culpable a Álvaro Uribe Vélez de soborno en actuación penal y fraude procesal y fijar una pena de 12 años de prisión domiciliaria.
Una decisión que el propio Uribe apeló y que el Tribunal Superior de Bogotá revocó en segunda instancia este 21 de octubre de 2025.
La cronología judicial, ubica a Heredia como protagonista del tramo final de un proceso iniciado en 2012, cuando la denuncia de Uribe contra el senador Iván Cepeda se revirtió y dio paso a la investigación por manipulación de testigos; a partir de 2024 el caso avanzó a juicio oral y en 2025 llegó al fallo de primera instancia bajo su despacho.
Nacida en Alpujarra, Tolima, Heredia cursó Derecho y construyó su carrera dentro de la rama judicial desde cargos de base en los años noventa (notificadora, oficial y secretaria) hasta llegar a jueza en 2009; desde 2018 ejerce como jueza penal del circuito en Bogotá.
Su ascenso ha sido paulatino con bajo perfil mediático y un estilo de conducción firme de audiencias, rasgos que se acentuaron en el denominado “juicio del siglo” por su impacto institucional y político.
En la sala, Heredia condujo con celeridad etapas densas del juicio —práctica probatoria, desfiles de testigos y alegatos— y acreditó responsabilidad penal de Uribe por la oferta de beneficios a testigos realizada a través de su entonces abogado Diego Cadena, hechos que, según la narrativa del expediente y las audiencias públicas, buscaban incidir en declaraciones de presos como Juan Guillermo Monsalve.
El caso, que había involucrado decisiones previas como la detención domiciliaria de 2020 y posteriores intentos de archivo por la Fiscalía, se sostuvo hasta llegar a la sentencia que revocó hoy el Tribunal Superior de Bogotá.
La exposición pública de Heredia vino acompañada de tensiones. Durante 2025 enfrentó recusaciones y pedidos de investigación por supuesta falta de objetividad o extralimitación, que fueron rechazados por el Juzgado 55 Penal del Circuito y por las autoridades competentes, permitiendo que continuara al frente del proceso.
Paralelamente, recibió apoyos institucionales: la Comisión Nacional de Género y No Discriminación de la Rama Judicial y otras instancias de la judicatura emitieron comunicaciones defendiendo su independencia y rechazando ataques personales tras el fallo.
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También hubo controversias mediáticas puntuales. Una crítica recurrente se centró en la introducción que hizo la jueza al sentido del fallo, cuando habló de la independencia judicial y de que “la justicia no se arrodilla al poder”, intervención que sectores cercanos al expresidente consideraron impropia; el cubrimiento registró esa polémica el mismo día de la lectura.
En días posteriores circuló un video viral que la mostraba riendo y tapándose los oídos; verificadores independientes establecieron que esas imágenes fueron registradas al finalizar la diligencia, no mientras Uribe intervenía, desmintiendo la narrativa que sugería burla durante la declaración del procesado.
Sobre la interacción de su despacho con los recursos y decisiones de instancias superiores, el propio trámite de apelación ante el Tribunal Superior de Bogotá ha incluido resoluciones sobre recusaciones, solicitudes probatorias y tutelas presentadas por la defensa de Uribe, lo que ha mantenido el caso en el centro del debate jurídico y político.
En el plano biográfico, se recuerda el origen tolimense de Heredia, su educación en el Espinal, su paso por despachos en municipios del departamento y su posterior traslado a Bogotá, donde consolidó trayectoria en la jurisdicción penal del circuito.
En su estilo, fuentes describen una magistratura de carácter sobrio hacia los medios —sin entrevistas ni declaraciones— y firme en audiencias, con llamados al orden y decisiones encaminadas a proteger la economía procesal (como la petición de no asignarle nuevos casos para concentrarse en el juicio).
La figura de Sandra Heredia queda así en el cruce entre la función jurisdiccional y una disputa pública de alto voltaje: de un lado, su sentencia de julio de 2025 —sustentada en las pruebas que valoró sobre ofertas ilícitas a testigos— y, del otro, un entorno de presión política y mediática que activó recusaciones, campañas en redes y pronunciamientos a favor y en contra.
El desenlace de la segunda instancia, a cargo del Tribunal Superior de Bogotá, no la dejó bien parada por fallas protuberantes que desnudaron los magistrados. No obstante, su nombre ya está inscrito en uno de los episodios más examinados de la justicia penal colombiana reciente.
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