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Procuraduría revoca sanción a funcionarios del Inpec por parranda vallenata en cárcel de Itagüí
Once guardias de la institución se benefician con la medida.
La Procuraduría Regional de Antioquia dejó sin efectos la suspensión impuesta a once funcionarios del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec), investigados por los hechos ocurridos el pasado 8 de abril en la cárcel de máxima seguridad de Itagüí, donde se realizó una parranda vallenata con la participación del cantante Nelson Velásquez.
La decisión del Ministerio Público se sustentó en irregularidades detectadas en el proceso disciplinario adelantado por la oficina de control interno del Inpec.
Según el organismo, el auto de apertura de investigación, fechado el 9 de abril de 2025, presentó fallas sustanciales que comprometieron el debido proceso desde su inicio.
“El auto de apertura (…) incurrió, por omisión, en una irregularidad sustancial que a partir de ese momento afectó el debido proceso”, señala el pronunciamiento, en el que además se cuestiona la falta de claridad en la individualización de las conductas atribuidas a cada uno de los funcionarios.
Inicialmente, los servidores habían sido suspendidos por presuntamente omitir controles que habrían permitido el ingreso de licor, personas no autorizadas y la realización de un evento musical en uno de los patios donde permanecen recluidos cabecillas de estructuras criminales del Valle de Aburrá.
En ese espacio se llevó a cabo el concierto encabezado por Velásquez, en un hecho que generó repercusiones a nivel nacional.
Las indagaciones preliminares indican que la celebración incluyó consumo de bebidas alcohólicas y la presencia de invitados externos, lo que evidenció fallas en los mecanismos de vigilancia del penal
Incluso, versiones conocidas durante la investigación apuntan a que el evento habría sido financiado por los propios internos, con costos que podrían superar los 500 millones de pesos.
No obstante, la Procuraduría concluyó que la sanción impuesta por el Inpec se basó en una responsabilidad colectiva, sin precisar el grado de participación de cada funcionario.
Este aspecto, según el ente de control, vulnera principios fundamentales del derecho disciplinario.
“El operador disciplinario debe establecer una relación clara y sucinta de los hechos disciplinariamente relevantes en lenguaje comprensible”, advierte la decisión, al subrayar que los beneficios y consecuencias en cada etapa del proceso dependen de esa delimitación inicial.
Por esta razón, el organismo resolvió suspender los efectos de la sanción emitida el 10 de abril, aunque aclaró que las pruebas recaudadas dentro del proceso conservan su validez y podrán ser valoradas en etapas posteriores.
El caso se enmarca en una serie de cuestionamientos sobre el funcionamiento interno de la cárcel de Itagüí.
Investigaciones han revelado, por ejemplo, que el establecimiento permaneció durante cerca de tres años sin cámaras de videovigilancia operativas, lo que dificulta la reconstrucción de los hechos y la identificación de responsabilidades
Tras conocerse la realización del evento, el Inpec adoptó medidas administrativas, entre ellas la remoción del director del penal y el traslado de algunos reclusos señalados de participar en la organización de la celebración.
De igual forma, la Fiscalía General de la Nación abrió indagaciones para esclarecer posibles conductas delictivas relacionadas con el ingreso irregular del artista y la logística del evento
Los funcionarios cobijados por la decisión de la Procuraduría son los tenientes Heyler Fracica Sarmiento y Antonio Ciprián Díaz; los inspectores Eduardo Parra Ceballos y Salvador Jiménez Palencia; y los dragoneantes Nairo Vargas Rubio, Fran Barbosa Pinzón, Jhon Aguilar Conde, José Becerra Puello, Juan Goez David, Juan Ospina Morales y Gustavo Montejo Casas.
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