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Fiscalía mantiene suspendida orden de captura contra alias Calarcá
A pesar de que hay evidencias que lo vinculan con crímenes cometidos mientras participa como negociador en la mesa de paz, la Fiscalía decidió no reactivar la orden de captura contra el jefe disidente de las Farc
Tras una reunión entre delegados de la Fiscalía General de la Nación y funcionarios del Alto Comisionado de Paz, el ente acusador resolvió mantener suspendida la orden de captura contra Alexander Díaz, alias Calarcá, jefe de la disidencia de las Farc, pese a que su grupo mantiene un accionar violento en distintas zonas del país.
La suspensión de la orden de captura data de finales de 2023, cuando arrancó la mesa de negociaciones entre la disidencia de Calarcá y el Gobierno Nacional. Aunque hubo un cese al fuego bilateral de 18 meses, este expiró el 15 de abril del año pasado tras la decisión del gobierno de Gustavo Petro de no prorrogarlo. La mesa de diálogo, sin embargo, continuó.
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El caso tomó un giro cuando la Fiscalía encontró evidencias recientes que vinculan a Calarcá con delitos cometidos después de su designación como vocero en la mesa de negociación. Los indicios surgieron del análisis técnico de dispositivos electrónicos incautados durante un retén en el que el cabecilla fue interceptado el 423 de julio de 2024 en Anorí, Antioquia. La información extraída de esos equipos llevó al organismo a advertir sobre posibles conductas criminales persistentes por parte del líder armado, quien se separó de las tropas de Néstor Gregorio Vera, alias Iván Mordisco.
El ente acusador informó que el análisis sobre la situación de Díaz continuará en una próxima mesa de trabajo, ante la sospecha de que habría cometido delitos graves aun en su condición de negociador.
En la reunión entre la fiscal General de la Nación, Luz Adriana Camargo, y el consejero comisionado de Paz, Otty Patiño, se acordó crear una nueva metodología para verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos a los negociadores de grupos armados ilegales. El objetivo es garantizar que la suspensión de órdenes de captura solo se mantenga cuando no se detecten violaciones graves a la voluntad de paz.
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