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Consejo de Estado admite demanda contra el nombramiento de Salvatore Mancuso como gestor de paz

La acción judicial cuestiona la legalidad del acto administrativo y advierte afectación a derechos de las víctimas.

mancuso 27 nov
Por Agencia Periodismo Investigativo | Mié, 26/11/2025 - 17:56 Créditos: EFE / Mauricio Dueñas Castañeda

La Sección Quinta del Consejo de Estado admitió para estudio una demanda que busca anular la resolución mediante la cual el presidente Gustavo Petro designó a Salvatore Mancuso como gestor de paz. 

La acción fue presentada por el abogado Samuel Ortiz Mancipe, quien argumenta que la decisión del Gobierno presenta irregularidades jurídicas y carece de claridad en aspectos clave de su ejecución.

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Según la demanda, la resolución expedida por la Oficina del Alto Comisionado para la Paz no define con precisión el alcance temporal de la designación, lo que deja vacíos sobre los límites y condiciones del rol otorgado a Mancuso. Además -según se expone en el documento- el nombramiento podría ir en contravía de los derechos de las víctimas al no incluir controles claros sobre los desplazamientos del exjefe paramilitar.

En su argumentación, Ortiz Mancipe afirma que la decisión envía un mensaje equivocado a quienes sufrieron hechos victimizantes por parte de Mancuso, pues, sostiene, antes de ejercer funciones en política de paz debería cumplir plenamente las obligaciones derivadas del Sistema de Justicia y Paz. 

A esto se suma la preocupación respecto a que el acto administrativo sugiere que Mancuso aún tendría algún grado de liderazgo o influencia sobre estructuras criminales, lo cual —según el demandante— contradice la afirmación oficial sobre su desmovilización definitiva.

Como parte del trámite procesal, el Consejo de Estado trasladó la demanda a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado (Andje), a la Procuraduría General de la Nación y al propio Salvatore Mancuso, quienes tendrán un plazo de 30 días para emitir sus pronunciamientos y aportar argumentos frente a la solicitud de nulidad.

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