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Pliego de Cargos de la SIC a Telecafé tras polémicos negocios con empresa de marketing Du Brands, el caso a Fiscalía
Presunto direccionamiento de la contratación pública en 11 invitaciones para apoyo logístico.
La Superintendencia de Industria y Comercio, SIC, informó que inició a investigación administrativa y formuló pliego de cargos a Telecafé para determinar si instrumentalizó su régimen contractual especial para direccionar de manera deliberada 11 invitaciones privadas en favor de la sociedad Du Brands.
Los procesos objeto de estudio por la entidad abarcaron un presupuesto superior a los $43.200 millones, cifra que representa el 34% de la totalidad de los recursos destinados por Telecafé para el servicio de apoyo logístico durante el periodo de 2018 a 2022.
El inicio de esta actuación administrativa se fundamenta en la rigurosa evaluación de la denuncia interpuesta por el senador Edwing Fabián Díaz Plata, complementada con el análisis de las publicaciones sobre el asunto difundido por distintos medios de comunicación.
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Los elementos probatorios recaudados sugieren que Du Brands habría celebrado millonarios contratos, principalmente con entidades del sector central, para eventos y operación logística como consecuencia de su cercanía con el gobierno de la época.
Con fundamento en consideraciones de eficiencia —basadas en los principios de la función administrativa previstos en el artículo 3 del CPACA—, esta Superintendencia concentró sus facultades de policía administrativa en Telecafé, entidad que fue el principal cliente público de Du Brands durante el periodo investigado y, en esa medida, presuntamente habría sido el vehículo público predominante para la canalización de estos recursos.
En la fase preliminar, la Delegatura para la Protección de la Competencia recaudó elementos materiales probatorios que indican la presunta existencia de una sofisticada arquitectura, estructurada a través de los siguientes ejes:
La paradoja normativa del control inverso: El análisis de los manuales internos de contratación de Telecafé reveló un diseño vulnerable que facilitaría las prácticas de direccionamiento en los procesos de selección.
Fue así como se identificó la existencia de una asimetría procedimental: aquellos contratos derivados de convenios interadministrativos — cuyas cuantías individuales superaban los $1.000 millones— se tramitaban bajo un modelo de selección flexible, provisto de controles ostensiblemente inferiores a los exigidos para la contratación de mínima cuantía, tasada en apenas 30 millones de pesos.
La discrecionalidad gerencial como sustituto de la selección objetiva: Las declaraciones practicadas indicarían que las decisiones fundamentales para la adjudicación de los contratos habrían sido determinadas sin la aplicación de los controles indispensables para garantizar una verdadera selección objetiva.
De esta manera, la definición de los competidores invitados y la selección del proponente adjudicatario del contrato se realizaron prescindiendo de los criterios objetivos y comparativos indispensables, sustituyendo la elección de la mejor oferta para la entidad contratante por una decisión discrecional que hasta ahora no aparece justificada.
La invisibilización del pluralismo de oferentes: A pesar de que Telecafé disponía de un banco de aliados formalmente constituido por 91 empresas con capacidad y disponibilidad para prestar el servicio de apoyo logístico, la entidad habría mostrado una persistente en injustificada preferencia por promover la contratación de los servicios de Du Brands.
Este favoritismo en volumen y cuantía hacia un único actor no habría obedecido a criterios de selección objetiva.
La presunta flexibilización “sastre” de los requisitos para la contratación: El examen técnico de las 11 invitaciones privadas evidenciaría la presunta existencia de irregularidades sustanciales en la adjudicación.
Du Brands habría resultado adjudicataria de invitaciones privadas a pesar de haber incumplido con algunos requisitos habilitantes exigidos en los pliegos, y de no haber estructurado la propuesta económica más ventajosa. Ello denotaría el sacrificio deliberado del interés público y superior a favor de un interés particular.
Un ciclo de prosperidad económica de la empresa durante una administración: El análisis financiero de la sociedad investigada arrojó un crecimiento vertiginoso de sus ingresos durante el periodo de investigación, registrando un incremento cercano al 1.000% al consolidarse su participación en el sistema de contratación estatal.
El examen diacrónico evidencia que, una vez finalizado el periodo gubernamental con el cual se le vinculaba, la participación de Du Brands en el mercado público y sus correlativos rendimientos financieros sufrieron una contracción sustancial.
Esta dependencia respecto del presupuesto público develaría que su éxito comercial no obedecería a un proceso competitivo en el mercado, sino a la captura transitoria de la renta estatal, como fue advertido en su momento por el denunciante.
Estos elementos, analizados en conjunto y con fundamento en las normas aplicables, imponen la necesidad de adelantar la investigación administrativa, en la que se escuchará a los investigados y a los terceros que tengan interés en ello, con el fin de verificar si la contratación adelantada por Telecafé con Du Brands representó una práctica restrictiva de la libre competencia.
Es importante destacar que, durante la fase preliminar, la autoridad de competencia adelantó requerimientos de información a distintas entidades y agentes de mercado, analizó información pública de distintos procesos de selección en SECOP, realizó visitas administrativas en Telecafé y Du Brands y tomó declaraciones de personas que tenían información sobre este asunto.
Teniendo en cuenta que las conductas descritas desbordan la esfera de la mera infracción administrativa, impactan el núcleo del correcto funcionamiento de la contratación pública y configurarían graves vulneraciones contra el erario, y en vista de lo que sería un entramado de corrupción denunciado que habría implicado un número considerable de procesos de selección adicionales a los adelantados por Telecafé, la Superintendencia ha procedido a comunicar lo ocurrido a la Fiscalía General de la Nación para que determine el inicio de las acciones penales a las que haya lugar.
Con esta decisión, la SIC del Cambio ratifica su compromiso de velar por la protección de la libre competencia como derecho colectivo orientado al bien común y, por esa vía, contribuye a la materialización de los objetivos de política pública asociados con el adecuado funcionamiento del sistema de contratación pública, en el marco del estricto respeto de las garantías del derecho de defensa de los investigados.
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