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¿Cuándo pagan los intereses de las cesantías en 2024?

La Ley 50 de 1990 establece fechas límite y reglas precisas para la liquidación y pago de cesantías e intereses en el país. Entérese de los detalles.

BILLETES DE COLOMBIA 3
Por Agencia Periodismo Investigativo | Mar, 02/01/2024 - 12:10 Créditos: iStock

Con el inicio del nuevo año, los trabajadores en Colombia deben estar atentos a las fechas límite establecidas por la Ley 50 de 1990, que regula la liquidación y pago de cesantías e intereses. Hasta el 31 de enero de 2024, los empleadores tienen el plazo para consignar los intereses generados por las cesantías correspondientes al año 2023.

La mencionada ley establece que la liquidación de cesantías debe llevarse a cabo el 31 de diciembre de cada año. De acuerdo con el artículo 99 de la misma, los empleadores deben pagar a los trabajadores los intereses legales del 12% anual o proporcionales por fracción, según las normativas vigentes sobre el régimen tradicional de cesantía.

Definición y beneficiarios de cesantías

Las cesantías, parte integral de las prestaciones sociales en Colombia, corresponden a un mes de salario por cada año trabajado. Todos los individuos con un contrato laboral a término fijo o indefinido en el país tienen derecho a estas prestaciones.

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Fecha Límite para el pago de los intereses

El 31 de enero de 2024 marca la fecha límite para que los empleadores realicen el pago de los intereses generados por las cesantías del año anterior. Es esencial destacar que este monto adicional al salario ordinario no se consigna en el fondo de cesantías, sino que se entrega directamente al trabajador.

En caso de que un contrato termine antes del 31 de diciembre, el monto correspondiente a las cesantías (calculado proporcionalmente al tiempo laborado) debe ser entregado al trabajador dentro de la liquidación del contrato. Además, las cesantías de 2023 deben ser consignadas en el fondo correspondiente entre el 1 de enero y el 14 de febrero de 2024.

Sanciones por incumplimiento

La Ley 50 de 1990 establece consecuencias claras para los empleadores que no cumplan con el plazo señalado para la consignación de intereses. Aquellos que no lo hagan deberán pagar un día de salario por cada día de retardo.

 

 

 

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