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Corrupción: dos sancionados por direccionar siete procesos de contratación en la Policía e Idipron

Favorecieron a empresa contratista de la Escuela de Cadetes de la Policía General Francisco de Paula Santander y el Instituto Distrital para la Protección de la Niñez y la Juventud, Idipron.

Escuela de Cadetes General Santander
Por Agencia Periodismo Investigativo | Vie, 15/05/2026 - 07:16 Créditos: En el atentado ocurrido en 2019 fallecieron 22 estudiantes y 71 más resultaron heridos. Tomado de Policía Nacional

La Superintendencia de Industria y Comercio sancionó a un funcionario público y un contratista del Estado por haber desplegado un sistema anticompetitivo orientado a direccionar en favor de una empresa siete procesos públicos de contratación adelantados por la Escuela de Cadetes de la Policía General Francisco de Paula Santander (ECSAN) y el Instituto Distrital para la Protección de la Niñez y la Juventud (IDIPRON).

A partir de la investigación administrativa adelantada por la Delegatura para la Protección de la Competencia, la Superintendencia encontró que la empresa San Marcos Servicios Ambientales S.A.S. implementó un sistema anticompetitivo orientado a manipular siete procesos de contratación pública, infringiendo así el artículo 1 de la Ley 155 de 1959.

Cuatro de estos procesos fueron adelantados por la ECSAN y tres por el IDIPRON.

En este caso se estableció que la empresa sancionada manipuló los siete procesos de contratación investigados gracias a la acción de personal vinculado a las entidades contratantes.

A partir de una práctica consistente en la gestión de contactos al interior de las entidades contratantes para obtener información privilegiada sobre los procesos de contratación, así como la promesa y pago de dádivas, la sociedad investigada redujo las presiones competitivas a las que debía someterse, logrando así resultar adjudicataria en todos los procesos de contratación investigados.

En el caso sancionado se acreditó que, a través del personal vinculado a las entidades contratantes, la sociedad sancionada influenció las condiciones de los procesos de contratación.

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La sancionada presentaba a la entidad contratante cotizaciones propias y de otras empresas para influir sobre las condiciones del proceso de selección, especialmente en el presupuesto oficial de la contratación.

En algunos casos, las personas vinculadas a las entidades contratantes le solicitaron al representante legal de esta sociedad realizar ajustes a tales documentos para determinar las condiciones del proceso a lo que San Marcos Servicios Ambientales S.A.S. estaba en capacidad de ofrecer.

El funcionario de la ECSAN y el contratista del IDIPRON se desempeñaron como estructuradores y/o evaluadores técnicos en los procesos de contratación investigados.

Por virtud del desempeño de sus funciones, tenían acceso a información privilegiada sobre la apertura de procesos de contratación de interés para la sociedad sancionada, condiciones del proceso y la evaluación de las propuestas.

Además, la comunicación permanente entre el personal vinculado a las entidades contratantes y el representante legal de San Marcos Servicios Ambientales S.A.S.

De hecho, el representante legal suplente de dicha sociedad sostenía comunicaciones recurrentes con el personal vinculado a la ECSAN y el IDIPRON.

Por virtud de esta conducta sistemática obtuvo información privilegiada sobre los procesos de contratación analizados y contó con ventajas competitivas ilegítimas para falsear el proceso competitivo.

En la investigación se probó que las personas naturales sancionadas vinculadas a las entidades contratantes solicitaron, y en algunos casos recibieron, pagos por el direccionamiento de los procesos de contratación en favor de San Marcos Servicios Ambientales S.A.S.

“Esta decisión se encuentra en proceso de notificación respecto de los sancionados, contra ella procede el recurso de reposición de conformidad con lo dispuesto por el artículo 76 de la Ley 1437 de 2011 y, por lo tanto, no está en firme”, aseguró la SIC en comunicado de prensa.

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