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Corte Constitucional: aborto hasta la 24ª semana de gestación es derecho fundamental

Esta determinación se basa en un caso particular que implica a una joven de la comunidad indígena de Cauca

ECOGRAFÍA EMBARAZO
Por Agencia Periodismo Investigativo | Mié, 14/06/2023 - 07:28 Créditos: Pexels

La Corte Constitucional de Colombia ha emitido una decisión relevante que está moldeando el curso del debate en torno a la interrupción voluntaria del embarazo en el país. La autoridad judicial ha detallado que el aborto realizado hasta la semana 24 o el sexto mes de gestación, no puede considerarse un "derecho fundamental".

Esta determinación se basa en un caso particular que implica a una joven de la comunidad indígena de Cauca, lo que ha centrado aún más el foco de atención en el complejo tema del aborto en Colombia.

En una sentencia reciente que decriminalizó el aborto hasta la semana 24 de gestación, el tribunal superior no afirmó explícitamente que dicho acto constituyera un derecho fundamental. Esta es una distinción crucial para las partes interesadas y el público en general.

Vale la pena recordar que la decisión, fundamentada en la sentencia T-158 de 2023, afirma que la Interrupción Voluntaria del Embarazo, IVE, en Colombia solo es posible bajo tres circunstancias específicas. 

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Estos casos son cuando el embarazo es producto de una violación, cuando existen graves malformaciones físicas en el feto, o cuando la vida de la mujer está en peligro. Sin embargo, en situaciones que no cumplen con estos criterios, el aborto no es reconocido legalmente como un derecho de las mujeres.

Según la Corte, salvo en los tres supuestos mencionados, la práctica de la IVE después de la semana 24 de gestación en el contexto normativo actual se considera prohibida. Tal conducta se constituirá como delito de aborto consentido, como lo establece el artículo 122 del Código Penal.

La trascendental decisión del tribunal está firmemente ligada a un caso específico que involucra a una joven indígena del Cauca. La joven solicitó una tutela para poder interrumpir su embarazo debido a su estado de depresión y a la falta de apoyo familiar.

Los jueces tanto de primera como de segunda instancia incurrieron en errores en sus respectivas decisiones, lo que agravó aún más la situación. Uno denegó la tutela sin tener en cuenta el grave impacto en la salud mental de la mujer, mientras que el otro consideró el aborto como un derecho fundamental, contradiciendo la posición del tribunal superior.

La Corte Constitucional destacó la existencia de un vacío legal en torno al aborto en Colombia e instó al Congreso a legislar y al Ministerio de Salud a establecer regulaciones que determinen cómo debe llevarse a cabo esta práctica de manera adecuada y con los protocolos necesarios.

 

 

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