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Cartel de la Toga: Corte Suprema confirma condena de 72 meses contra el exmagistrado Camilo Tarquino

Fue capturado en las últimas horas. Detalles de la sentencia.

Exmagistrado Tarquino
Por Agencia Periodismo Investigativo | Lun, 19/10/2026 - 11:35 Créditos: Sala de Casación Penal confirma condena contra el exmagistrado Camilo Humberto Tarquino Gallego. Foto: Colprensa

La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia confirmó la condena contra el exmagistrado Camilo Humberto Tarquino Gallego por el delito de concusión y ordenó su captura inmediata.

De acuerdo con la investigación, Tarquino Gallego pidió dinero al exgobernador Alejandro Lyons Muskus para interceder ante los encargados de la investigación y el juzgamiento de aforados constitucionales, con el fin de obtener decisiones favorables. Lo anterior, mejor conocido como el 'Cartel de la Toga'. Por estos hechos fue condenado a 72 meses de prisión.

Al resolver el recurso de casación, la Sala consideró que está suficientemente demostrada la materialidad de la conducta, así como la responsabilidad penal del procesado. También concluyó que no hay irregularidades que comprometan la decisión del Tribunal Superior de Bogotá, que lo condenó.

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La Corte añadió que, aunque para la época de los hechos Tarquino Gallego no era integrante de la Corte Suprema de Justicia, esto no diluía los deberes consustanciales a la investidura que ostentó. Según la Sala, la preeminencia residual y el reconocimiento que proyecta un exmagistrado no solo emanan de su experticia en el campo jurídico, sino del vínculo indisoluble con los principios de la institución que representó. Señaló, igualmente, que las expectativas de la comunidad subsisten aunque el vínculo formal del jurista con el poder público ya no exista.

"Actos de corrupción judicial como el que se detalló en los considerandos de esta decisión, imponen a las autoridades del Estado la indeclinable obligación de prevenir, controlar y sancionar con rigor ese tipo de comportamientos desviados, pues afectan gravemente la ética, la transparencia y la moralidad inherentes a la función del juez", se lee en la sentencia.

La Corte enfatizó en la gravedad de lo sucedido. Afirmó que cuando la función y la preeminencia inherentes al servidor judicial se instrumentalizan como ropaje para obtener beneficios individuales, no solo se consolida una infracción normativa desde el plano sancionatorio. Según la sentencia, también se produce una erosión paulatina de la confianza de la comunidad en las autoridades de la rama judicial y, lo que es peor, se propaga la nociva idea de que la justicia tiene un precio. "No lo tiene", concluyó.

Finalmente, la Sala determinó que el condenado sea puesto a disposición del Juzgado Sexto Penal del Circuito con función de conocimiento de Bogotá, que dispondrá lo necesario para el cumplimiento de la sentencia.

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