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Superintendencia de Sociedades avala medidas de insolvencia transfronteriza para Canacol
El organismo de control autoriza gravámenes sobre activos en Colombia.
La Superintendencia de Sociedades autorizó la constitución de gravámenes prioritarios sobre activos ubicados en Colombia y reconoció providencias emitidas por una corte de Canadá dentro del proceso de insolvencia transfronteriza que adelantan varias empresas vinculadas al grupo Canacol Energy, una decisión que busca garantizar la continuidad operativa de las compañías mientras avanzan las labores de reestructuración financiera.
La decisión fue adoptada durante audiencias celebradas los días 19 y 28 de mayo de 2026, en el marco del trámite de reconocimiento de procedimiento extranjero principal adelantado bajo el Título III de la Ley 1116 de 2006 respecto de las sociedades Canacol Energy Colombia S.A.S., CNE Oil & Gas S.A.S., Cantana Energy Sucursal Colombia y CNEOG Colombia Sucursal Colombia.
Según informó la Superintendencia, el despacho a cargo del proceso reconoció en su integridad la Tercera y Cuarta Providencia de Ratificación y Adición de la Orden Inicial expedidas por la Corte de Alberta, en Canadá.
Como consecuencia de ese reconocimiento, se autorizó la creación de determinados gravámenes prioritarios sobre bienes localizados en territorio colombiano para respaldar el procedimiento principal extranjero.
La entidad explicó que la decisión se fundamentó en los principios de cooperación judicial internacional que rigen los procesos de insolvencia con efectos en varias jurisdicciones y en la verificación de que las medidas decretadas por la autoridad canadiense no contravienen de manera manifiesta el orden público internacional colombiano.
De acuerdo con la Superintendencia, los gravámenes autorizados tienen un carácter instrumental y están orientados a preservar la viabilidad de las empresas mientras se desarrolla el proceso de reorganización.
Entre sus objetivos figura garantizar el pago de gastos de administración, honorarios de profesionales involucrados en el trámite, así como respaldar el incremento de la financiación posconcursal, conocida internacionalmente como financiamiento DIP (Debtor in Possession).
La autoridad señaló que estos recursos son considerados esenciales para sostener la operación y permitir que las compañías continúen desarrollando su objeto social durante la etapa de restructuración.
Además, las medidas buscan preservar personal considerado estratégico mediante programas de retención e incentivos para empleados clave.
Otro de los propósitos identificados por la Superintendencia es facilitar el desarrollo del denominado Proceso de Venta e Inversión (SISP, por sus siglas en inglés), un mecanismo orientado a explorar alternativas de venta o ingreso de inversionistas con el fin de maximizar el valor de la compañía y beneficiar al conjunto de acreedores.
La Superintendencia enfatizó que la autorización de estos gravámenes no significa que se produzcan pagos inmediatos ni que se altere de manera arbitraria el orden legal de prelación de créditos vigente en Colombia.
De acuerdo con la explicación oficial, las obligaciones que respaldan estas garantías corresponden a compromisos surgidos con posterioridad al inicio del proceso de insolvencia, relacionados con gastos de administración y con medidas necesarias para preservar la empresa como unidad productiva.
En consecuencia, se trata de instrumentos de aseguramiento del crédito que son habituales en procedimientos complejos de insolvencia internacional.
La entidad sostuvo que estos mecanismos permiten mantener la actividad empresarial mientras se desarrolla la reorganización y evitan que la falta de liquidez o de financiación afecte la continuidad de las operaciones.
Activos por USD 1.848 millones
Durante la audiencia también se evaluó la situación patrimonial de las compañías involucradas.
La Superintendencia verificó que, con base en los estados financieros con corte al 31 de diciembre de 2025, las sociedades deudoras en Colombia registran activos cercanos a USD 1.848 millones.
Frente a ese patrimonio, el monto total de las obligaciones garantizadas reconocidas, incluyendo la financiación DIP y los gravámenes autorizados, asciende aproximadamente a USD 166 millones, cifra equivalente a cerca del 9 % del total de los activos.
Para la Superintendencia, esa relación evidencia que existe suficiencia patrimonial y que las medidas adoptadas no generan una afectación desproporcionada para los acreedores locales, uno de los aspectos que fue objeto de análisis durante el proceso de reconocimiento de las providencias extranjeras.
La superintendente de Sociedades, Nini Johanna Castañeda, defendió la decisión al señalar que la preservación de empresas en funcionamiento genera mayores beneficios económicos y sociales que su liquidación o fragmentación.
La continuidad de una empresa en marcha genera más valor que su desintegración”, afirmó la funcionaria, quien agregó que las herramientas destinadas a mantener la operación, preservar el empleo, atraer financiación y maximizar el valor de los activos no constituyen privilegios indebidos, sino mecanismos necesarios para proteger los intereses colectivos de los acreedores y favorecer una recuperación empresarial ordenada.
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Castañeda también destacó que la cooperación judicial internacional y la protección de los acreedores nacionales son principios complementarios y no excluyentes, especialmente en un contexto económico donde las empresas desarrollan actividades y mantienen activos en múltiples jurisdicciones.
Con esta decisión, la Superintendencia de Sociedades ratifica la aplicación en Colombia de los mecanismos de insolvencia transfronteriza previstos en la Ley 1116 de 2006 y refuerza la coordinación con autoridades judiciales extranjeras en procesos empresariales de alcance internacional, buscando preservar el valor económico de las compañías y maximizar las posibilidades de recuperación para los acreedores involucrados.
El contexto
La situación de Canacol Energy se ha convertido en uno de los episodios más delicados para el sector energético colombiano en los últimos años.
Lo que inicialmente se presentó como un proceso de reorganización financiera para enfrentar presiones de liquidez terminó escalando hacia un complejo escenario de insolvencia transfronteriza bajo supervisión judicial en Canadá, con efectos directos sobre el mercado de gas natural en Colombia, la estabilidad de contratos de suministro y la confianza de inversionistas, acreedores y clientes.
Canacol, que durante años fue presentada como una de las grandes apuestas del gas natural en Colombia y llegó a consolidarse como uno de los principales productores privados del país, comenzó a mostrar señales de deterioro financiero en medio de una combinación de factores: altos niveles de endeudamiento, obligaciones derivadas de bonos internacionales, presiones sobre el flujo de caja, decisiones arbitrales desfavorables y crecientes necesidades de financiación para sostener la operación.
La propia compañía reconoció que acudió a la protección de acreedores en Canadá para intentar reestructurar sus deudas y evitar un colapso financiero desordenado.
La magnitud de la crisis quedó reflejada cuando la Corte del Banco del Rey de Alberta otorgó protección judicial bajo la legislación canadiense conocida como CCAA (Companies’ Creditors Arrangement Act), una figura equivalente a una reorganización empresarial de gran escala.
Posteriormente, la empresa tuvo que recurrir a financiamiento DIP (Debtor in Possession), un mecanismo extraordinario utilizado por compañías en insolvencia para obtener recursos mientras continúan operando durante su reestructuración.
Los propios documentos judiciales señalaron que existía una necesidad crítica e inmediata de liquidez para mantener la producción de petróleo y gas en Colombia y sostener el proceso de reorganización.
La preocupación en el mercado aumentó cuando se conoció que Canacol buscó autorización judicial para cancelar contratos de suministro de gas vigentes en Colombia.
La solicitud encendió alarmas en el sector energético porque involucra acuerdos que abastecen industrias, distribuidores y usuarios residenciales.
En este contexto se advirtió que una eventual terminación masiva de contratos podría afectar regiones de la Costa Caribe y del interior del país, generando riesgos para la seguridad energética nacional en un momento en que Colombia enfrenta crecientes discusiones sobre la disponibilidad futura de gas natural.
Las tensiones no se limitan al suministro. Empresas contratistas, proveedores, financiadores y comunidades donde opera Canacol también han expresado preocupación por el impacto que una reorganización fallida podría generar sobre cientos de relaciones comerciales.
Expertos han advertido que cuando una compañía de esta magnitud entra en insolvencia, el efecto dominó puede extenderse a pequeñas y medianas empresas que dependen significativamente de sus pagos y contratos.
En el sector energético comenzó entonces a surgir una comparación incómoda: la posibilidad de que Canacol se convierta en una especie de “nuevo Pacific Rubiales”.
La analogía no implica que ambos casos sean idénticos, pero sí que comparten algunos elementos que generan inquietud entre analistas e inversionistas. Pacific Rubiales pasó de ser una de las compañías petroleras más importantes del país a convertirse en símbolo de sobreendeudamiento, expansión agresiva, conflictos corporativos y destrucción de valor para accionistas.
En el caso de Canacol, la preocupación radica en que una empresa que durante años fue considerada estratégica para el abastecimiento de gas hoy enfrenta cuestionamientos sobre la sostenibilidad de su modelo financiero y la capacidad de cumplir compromisos adquiridos con clientes y acreedores.
Otro aspecto que genera cuestionamientos es el uso de mecanismos judiciales internacionales para intentar modificar o terminar contratos celebrados bajo regulación colombiana.
Algunas compañías afectadas han manifestado reparos frente a la posibilidad de que obligaciones de suministro suscritas en el país sean alteradas dentro de un proceso de reorganización adelantado en el exterior.
La discusión ha abierto un debate sobre el alcance de la insolvencia transfronteriza y la protección de los acreedores y usuarios colombianos frente a decisiones adoptadas por tribunales extranjeros.
A ello se suma la incertidumbre administrativa derivada de los cambios en la gobernanza corporativa y en la estructura de control que suelen acompañar este tipo de procesos.
Diversos reportes relacionados con la reorganización han dado cuenta de ajustes en la junta directiva, movimientos ejecutivos y creciente participación de acreedores financieros en las decisiones estratégicas de la compañía, un fenómeno común cuando las empresas ingresan a etapas avanzadas de restructuración.
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